Para que la simulación se pueda dar en un acto jurídico, es menester que concurran por lo menos dos elementos: el propósito de provocar una falsa creencia sobre la realidad de lo declarado y el acuerdo de simulación, debiendo en el proceso acreditar la concertación de las partes para celebrar un acto jurídico aparente. En ese sentido, se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia que en la Sentencia de Casación N° 646-99, de fecha veinte de octubre de mil novecientos noventa y nueve, ha dispuesto que “para que la simulación se pueda dar en un acto jurídico es menester que concurran por lo menos dos elementos, como son: a) el propósito de provocar una falsa creencia sobre la realidad de lo declarado, siendo por tanto la divergencia entre lo querido y lo que se declara consciente e intencional y b) el convenio o acuerdo de simulación”; por lo que, debe verificarse si en el presente proceso se ha acreditado la concurrencia de ambos requisitos. 87913 nulidad por simulacion
4 noviembre, 2015 at 1:22 am
vivimos por mas de 40 años en un terreno rustico y actualmente la poseemos mi padre fue comunero por mas de 10 años ahora ya no pertenece. tengo una propiedad de terreno rustico mi padre falsifico un documento de compra y venta en el año 1997 quien supuestamente le otorga mi abuelo a favor de mi padre, en el año 2013 mi tia nos denuncia por falsedad ideologica mi padre reconoce los hechos entonces el juez lo sentencia a 3 años de pena privativa y una multa a pagar al estado.nosotros somos 5 hermanos la comunidad sabe y tiene el conocimiento que siempre vivimos y mi tia jamas vivio en nuestras tierras para entonces presentamos los documenrtos para la desmenbracion y independizacion otorgandonos por voto popular a ser aprobado por los comuneros a que nos firme el presidente de la comunidad la desmenbracion obteniendo hasi una escritura de adjudicacion luego isimos los tramites a COFOPRI para catastrar el terreno despues nos registramos en la SUNARP,ahora mi tia nos denuncia nuevamente por falsedad ideologica a todos nosotros incluso a algunos propietarios que vendimos una parte del terreno y la nulidad de acto juridico de todos nosotros ella aora vino con una serie de matones despojandonos de nuestro terreno y construyeron una casita de bloqueta en febrero de este año 2015 en donde tambien registro recien en la sunarp e incluso pago autovaluo del terreno rustico en lo cual donde presento documentos supuestamente falsos de su partida donde no tiene la firma del alcalde una partida de nacimiento con la ley 25025 dl año 1993 año en que se inscribio con lo cual en la notaria se declaro unica heredera desconociendo ami padre, desde entoces hasta el momento vendio casi todo el terreno formando supuestamente una asociasion pro vivienda hasta lo dio poder asu abogado . con los bajos recursos que vivimos de la agricultura y ganados y la humildad de nosotros se abuso nos amenasan con matarnos de miedo abandonamos y no sabemos que hacer tampoco tenemos el respaldo de la comunidad porque de la otra parte los intimidan constantemente.le ruego su respuesta GRACIAS.
10 noviembre, 2015 at 3:01 am
Gracias por leer mi blog, lamento decirte que no absuelvo consultas
28 enero, 2016 at 12:21 pm
Puedes acudir al Colegio de Abogados de Lima, al Dpto de DEFENSORÍA SOCIAL, ubicado en Av. Santa Cruz #255 – Miraflores, O preguntas y llamas por Teléfono: 7106600 – 7106601; también hay otro Local en la Corte Superior de Lima Norte: Av. Carlos Izaguirre 176. Independencia (primer piso; costado del Bco. de la Nación) Teléfono: 523-2372; LOCAL LIMA:
23 mayo, 2016 at 9:24 pm
Sabes que numero de expediente es este caso ?
29 septiembre, 2016 at 3:57 pm
Es el EXP. 87913-2004-0-1801-JR-CL-27
El link se encuentra al final de artículo 🙂
http://blog.pucp.edu.pe/blog/compartiendoideas/wp-content/uploads/sites/580/2014/02/87913-nulidad-por-simulacion.pdf