Nueva modificación al TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva

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Entre el mar de modificaciones introducidas por la Ley N° 30076, Ley que modifica el Código Penal, Código Procesal Penal, Código de Ejecución Penal y el Código de los Niños y Adolescentes y crea Registros y Protocolos con la finalidad de combatir la inseguridad ciudadana, ver enlace  nuestro legislador ha escondido una nueva modificación a la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. Como no puede ser de otra manera, nuevamente se ha modificado el surrealista artículo 23°. En esta ocasión, la Undécima Disposición Complementaria Final  señala lo siguiente:

“UNDÉCIMA. Revisión judicial en casos de accidentes de tránsito

No es de aplicación a los casos de imposición de papeletas de tránsito lo previsto en el numeral 23.3 del artículo 23° de la Ley 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. En estos casos, la presentación de la demanda de revisión judicial no suspende la ejecución de los cobros coactivos por aplicación de papeletas de tránsito, salvo mandato judicial.”

 Se trata de una excepción a la regla general de suspensión inmediata de un procedimiento de ejecución coactiva por la interposición de una demanda de revisión judicial. Es decir, en el caso de papeletas de tránsito la sola interposición de una demanda de revisión judicial ya no suspenderá los procedimientos de ejecución. Con esto se evita el abuso de aquellos malos conductores sancionados con gran cantidad de multas de tránsito, todas impagas en virtud de haber logrado la suspensión de la cobranza coactiva en mérito a la interposición de una demanda de revisión judicial. Según se ha dicho, muchos de estos conductores son los protagonistas de los fatales accidentes de tránsito que vemos a diario.

Pregunta: ¿Y cuando se evitará el abuso por parte de los grandes deudores y evasores tributarios así como de los grandes infractores de toda normativa local y sectorial que mal utilizan la revisión judicial? Como dicen los Cadillacs: Silencio, hospital.

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COMENTARIOS

  • Gracias por sus comentarios. Lo afirmado es atinado y cierto: mientras existan incentivos para no cumplir con la ley será muy difícil exigir su cumplimiento.
    Saludos y gracias por seguirnos.
    Armando Mendoza Ugarte

  • buena pregunta, considerando el alto grado del ejercicio abusivo de la normatividad que hacen muchas personas, las que asesoradas por abogados y estudios "jurídicos" con "experiencia y prestigio", y la pasiva complicidad de las autoridades, hacen que asumir y cumplir con sus responsabilidades por comisión de infracciones sea una utopía y a la larga más beneficiosa que el hecho de cumplirlas.

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