Resolución de Superintendencia Nº 246-2016-SUNAT

Sunat amplia los sujetos obligados a la emisión de comprobantes electrónicos .

La Administración Tributaria con fecha 28 de setiembre de 2016 emitió la RS Nº 246-2016-SUNAT por medio de la cual se establecen las conductas del contribuyente que determinan la obligación de emitir comprobantes de manera electrónica .

Conductas que determinan la designación de emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) :

  • Comunica a la SUNAT como tributo afecto en el RUC algunos de los conceptos indicados en el cuadro final .
  • Comunica a la Sunat como tributo afecto en el RUC algunos de los conceptos indicados en el cuadro final al momento de reactivar su número de RUC o con posterioridad a ello.
Código de Tributo (*) Concepto
030301 Renta de Tercera Categoría- Cuenta Propia
031101 Renta- régimen especial
033101 Renta-amazonia-cuenta propia
034101 Renta-agrarios 885-cuenta propia
035101 Renta-agrarios-cuenta propia
036101 Renta-régimen de frontera
010101 IGV-operaciones internas cuenta propia

* Se consideran esos códigos o aquellos que lo reemplacen para referirse al mismo concepto.

 

Los sujetos designados como emisores electrónicos según lo indicado en párrafos precedentes deberán emitir la factura electrónica por medio de cualquiera de los sistemas comprendidos en el SEE. Además, deberán realizar la emisión electrónica por todas las operaciones que ameriten la emisión de comprobantes de pago, siempre y cuando el SEE lo permita .

La presenta resolución entrará en vigencia el 01 de enero de 2017.

 

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