Congresistas no incluyen en exoneración del IGV a productos básicos como el pan y el aceite

Congresistas no incluyen en exoneración del IGV a productos básicos como el pan y el aceite

Intereses. Proyecto aprobado por el Poder Legislativo no abarca estos dos productos elementales de la canasta, pero prioriza la carne de ganso, pato, pavo y pastas ajenas al menú de los hogares vulnerables. El Ejecutivo observará la norma.

El Congreso aprobó exonerar temporalmente del Impuesto General a las Ventas (IGV) a algunos productos de la canasta básica familiar como el pollo, los huevos, la harina de trigo y productos cárnicos. Sin embargo, no incluyó a alimentos esenciales como el aceite y el pan.

No obstante, entre los productos que serán beneficiados, en el caso de las aves, se encuentran las codornices, gansos, pintadas, patos y avestruces, entre otras especies domésticas.

Del mismo modo, la norma, en lo que corresponde al azúcar en bruto sin aromatizante, también incluye al azúcar de remolacha, otro producto que no es parte del consumo popular. Por su parte, en las pastas alimenticias considera a las lasañas, ravioles, ñoquis y canelones.

Entre los alimentos a los que no se les gravará también se encuentran la carne de cerdo y ovina a pesar de no tener mayor incidencia sobre el gasto de las familias más humildes.

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No obstante, si bien la propuesta del Legislativo incluye a la harina de trigo, no incorpora al pan que es parte importante de la alimentación. Además, se advierte que la exoneración a la harina de trigo no incidirá en el precio final de la venta de pan.

En la lista tampoco aparece el aceite, que subió 0,6% en el último mes, según el INEI.

Fuentes cercanas al Gobierno señalaron a La República que el Ejecutivo observará la norma –la cual fue firmada ayer en la tarde por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva–, ya que debe incluir solamente a productos con mayor incidencia sobre el gasto de las familias más pobres, y además porque, considerando su vigencia para todo el 2022, traerá un costo fiscal de S/ 3.200 millones. Vale recordar que desde Palacio se busca que la exoneración dure solo tres meses y sí abarque al pan y aceites comestibles.

¿Cuánto bajarían los precios?

El abogado tributarista Miguel Carrillo señala que la exoneración del IGV se aplicará al valor de venta de los productos. Así, si la exoneración total se trasladase a los precios, el pollo que actualmente está a S/ 8,50 el kg pasaría a costar S/ 7,21; el azúcar bajaría de S/ 4,80 a S/ 4,06; el huevo de S/ 7,00 a S/ 5,93; y el fideo de S/ 3,50 a S/ 2,90.

Además, explica que la reducción será más visible en el precio mayorista, aunque afectará a toda la cadena productiva.

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Por su parte, Enrique Castellanos, docente de Economía de la Universidad del Pacífico, señala que el impacto de la exoneración del IGV en los precios finales de los alimentos será minino debido a que el alza de precios es un fenómeno global y a la informalidad que existe en el mercado de estos productos.

“De hecho, habrá una disminución, pero no se verá el 18% reflejado en los precios. El impacto que se sentirá no será mucho, es un paliativo dentro de una tendencia mundial que es difícil de sopesar”, comenta.

Asimismo, anota que otro problema es la existencia de varios niveles de comercialización en estos productos, lo que provocará que la reducción “se quede en el canal de comercialización” y será el mercado quien determine si suben o bajan los precios.

En ese sentido, el gerente central de Estudios Económicos del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Adrián Armas, señaló que la reducción de precios tras la exoneración del IGV –así como el ISC en caso de los combustibles– generará en el corto plazo menores presiones inflacionarias, lo cual se traducirá en una rebaja de precios, en un contexto en el que nuestro país no retornaría al rango meta de inflación sino hasta el tercer trimestre del 2023.

Asimismo, recalcó que la medida no debería extenderse durante mucho tiempo porque se debilitan las arcas fiscales del país útiles para la fuente de financiamiento anual.

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Récord de encarecimiento en alimentos

Los precios de los alimentos a nivel mundial alcanzaron en marzo un “nivel récord” y se incrementaron 12,6% debido a la guerra en Ucrania, informó la FAO.

Entre los productos que más subieron se encuentran los cereales (17,1%), impulsados principalmente por el valor del trigo, seguido del maíz (19,1%) y aceites vegetales (23,2%).

Adrián Armas del BCRP advirtió que estamos viviendo en un mundo donde los precios internacionales son los más altos en los últimos 32 años.

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Reacciones

Adrián Armas, gerente de Estudios Económicos BCRP

“Una vez que se aplique (la exoneración del IGV) debería trasladarse a los precios y generar menores presiones inflacionarias. No debería ser permanente porque son ingresos de financiamiento”.

Enrique Castellanos, docente de la Universidad del Pacífico

“El impacto de la reducción será mínimo debido a que la mayoría de estos mercados son informales. De hecho, habrá una disminución, pero no se verá el 18% reflejado en los precios”.

Fuente: Diario La Republica del 09 de abril de 2022.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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