Suspenden la aplicación del procedimiento general Material de guerra DESPA-PG.20 (versión 2)

Suspenden la aplicación del procedimiento general Material de guerra DESPA-PG.20 (versión 2)

Resolución de Superintendencia N° 000062-2022/SUNAT

Fecha de publicación: 09.04.2022

Fecha de vigencia: 10.04.2022

Con fecha 09 de abril de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000062-2022/SUNAT, mediante la cual se suspenden la aplicación del procedimiento general Material de guerra DESPA-PG.20 (versión 2).

Al respecto, se suspende la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2), aprobado con Resolución de Superintendencia N° 000170-2021/SUNAT, durante el plazo de tres meses contado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución que culmina el 10 de julio de 2022.

Asimismo, se dispone que, durante el plazo de suspensión, se restablece la vigencia de las disposiciones contenidas en el procedimiento general “Material de guerra” (versión 1), aprobado con Resolución de Intendencia Nacional N° 002126-1998 y modificatorias, recodificado como DESPA-PG.20 con Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000.

Cabe mencionar que, mediante Resolución de Superintendencia N° 000170-2021/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2) que contempla nuevas obligaciones, tales como el registro de la información en una nueva plataforma informática y la clasificación arancelaria de las mercancías

A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia N° 000062-2022/SUNAT.

Suspenden la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2)

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 000062-2022/SUNAT

SUSPENDEN LA APLICACIÓN DEL

PROCEDIMIENTO GENERAL

“MATERIAL DE GUERRA”

DESPA-PG.20 (VERSIÓN 2)

Lima, 8 de abril de 2022

CONSIDERANDO:

Que con Resolución de Superintendencia N° 000170-2021/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2) que contempla nuevas obligaciones, tales como el registro de la información en una nueva plataforma informática y la clasificación arancelaria de las mercancías, con fecha de entrada en vigencia el 1.1.2022;

Que con Resolución de Superintendencia N° 000006-2022/SUNAT se suspendió la entrada en vigencia del citado procedimiento hasta el 9.4.2022 para permitir que los despachadores oficiales del Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, y del Ministerio del Interior – Policía Nacional del Perú, se preparen y adecuen a sus nuevas exigencias;

Que con Oficios Nos 01036-2022-MINDEF/VRD del 24.3.2022 y 01180-2022-MINDEF/VRD del 6.4.2022, el Ministerio de Defensa solicita se amplíe la suspensión de la vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 000170-2021/SUNAT, a fin de permitir que los institutos armados culminen con la adopción e implementación de las medidas necesarias para garantizar la correcta aplicación del nuevo proceso para el despacho aduanero de material de guerra;

Que, sobre el particular, la Gerencia de Regímenes y Servicios Aduaneros de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera ha emitido el Informe Técnico N° 00007-2022-SUNAT/312000, en el que considera que corresponde suspender la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2) por un plazo de tres meses, para permitir que se culmine con la implementación de las medidas que garanticen la correcta aplicación del régimen, en mérito a lo señalado por el Ministerio de Defensa;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario, toda vez que solo se limita a suspender la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2);

Estando al Informe Técnico N° 00007-2022-SUNAT/312000 de la Gerencia de Regímenes y Servicios Aduaneros de la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera y a las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley N° 29816 – Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modificatorias, y por el inciso k) del artículo 8 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000065-2021/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo único. Suspensión de la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2)

Suspender la aplicación del procedimiento general “Material de guerra” DESPA-PG.20 (versión 2), aprobado con Resolución de Superintendencia N° 000170-2021/SUNAT, durante el plazo de tres meses contado a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución que culmina el 10 de julio de 2022.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

FINAL

Única. Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA FINAL

Única. Regla aplicable al despacho aduanero de material de guerra

Durante el plazo de suspensión señalado en el artículo único de la presente resolución, se restablece la vigencia de las disposiciones contenidas en el procedimiento general “Material de guerra” (versión 1), aprobado con Resolución de Intendencia Nacional N° 002126-1998 y modificatorias, recodificado como DESPA-PG.20 con Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO

Superintendente Nacional

2056624-1

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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