Profesionales podrán cobrar más rápido sus recibos por honorarios con factoring.

Profesionales podrán cobrar más rápido sus recibos por honorarios con factoring.
 
Cerca de 2.5 millones de trabajadores independientes emiten recibos por honorarios. Nuevo marco regulatorio facilitará que estos puedan negociar con empresas de factoring para adelantar cobro.
 
El reglamento para el financiamiento de las mypes mediante factoring -recientemente publicado- no solo impulsará operaciones con facturas sino además con recibos por honorarios.
 
Si bien hay profesionales que utilizan sus recibos para adelantar el pago del servicio brindado, con el compromiso de que la entidad especializada en factoring realicen el cobro posterior a la empresa que lo giró, estas operaciones crecerán con el nuevo marco legal, afirmó a Gestión el presidente de la Asociación de Empresas de Factoring (Apefac).
 
Poder de negociación
 
Abogados, arquitectos, ingenieros y contadores son los que más utilizan este mecanismo de financiamiento, además de diseñadores de interiores, profesores, animadores de eventos y personas que ofrecen servicio de catering, los mismos que se favorecerán del nuevo marco del factoring, detalló Percy Augustin.
 
El reglamento otorgará mayor poder de negociación a estos profesionales y favorecería la inclusión de más trabajadores a este mecanismo, sostuvo.
 
En la actualidad, se emiten cerca de 60,000 recibos por honorarios al día, provenientes de casi 2.5 millones de trabajadores independientes, de acuerdo con Sunat.
 
El plazo más frecuente para el pago de estos comprobantes a los profesionales es de 30 días o más, mientras que la tasa de descuento que cobra la entidad de factoring por anticiparles el pago oscila entre 15% y 18% anual, detalló el ejecutivo.
 
Más simples
 
Con la reciente norma, estos comprobantes también se convertirán en título valor luego de ocho días calendario de haber sido registrados para la conformidad del pagador, con lo que podrán ser negociados a través de operaciones de factoring, dijo.
 
“Antes se contaban ocho días hábiles que fácilmente podían alcanzar los 12 días calendario; más lo que tarda la entidad de factoring en desembolsar el dinero sumaban 14 días, pero ahora podrían ser cobradas solamente en ocho días”, manifestó.
Los requisitos para que una factura o recibo por honorario se convierta en título valor serán más simples tras la implementación de la norma, incluso si el proveedor no negocia el comprobante para adelantar el pago, enfatizó.
 
Dos razones
 
En general, sostuvo que con la nueva regulación habrá menos probabilidad de que las empresas grandes rechacen las facturas que las mypes presenten para factoring.
 
Y es que solo habrá dos razones por las cuales el pagador podrá señalar su disconformidad con la factura emitida por el proveedor, causales que ahora deberán ser justificadas en la plataforma que adecuará el Ministerio de la Producción, refirió Augustin.
 
“La primera es el registro de un comprobante de pago fraudulento e inexistente, por un servicio no brindado, y la segunda, una factura mal construida, por ejemplo, con errores en los montos o fechas”, refirió.
 
El órgano encargado cuenta con un plazo de hasta 90 días para la implementación de la plataforma Pago Oportuno, en la que se registrarán las facturas, por lo que el impacto del reglamento se observará desde enero, con un crecimiento exponencial de las operaciones de factoring, estimó.
 
Fuente: Diario Gestión del 22 de setiembre de 2021.
 
https://gestion.pe/economia/profesionales-podran-cobrar-mas-rapido-sus-recibos-por-honorarios-con-factoring-noticia/
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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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