Sunat sin jefe. ¿Qué nos deja la gestión de Shiguiyama?

El día de ayer, jueves 25 de octubre se hizo pública la renuncia del Jefe de la SUNAT, Victor Shiguiyama. Esta obedece a motivos personales, y en contexto en el cual se le ha involucrado en el caso de los cocteles de Keiko Fujimori, la renuncia la hizo desde Portugal.

Durante la gestión de Victor Shiguiyama no se percibe una entidad más cercana o amigable con los contribuyentes, todo lo contrario, hay la sensación de que se sigue llenando de obligaciones al formal y se deja de lado al informal, que parece no ser una preocupación del fisco a pesar del porcentaje alto de informalidad en el Perú.

Los aspectos que durante la gestión del jefe de la Sunat han sido cuestionados han sido los siguientes:

  • Notificación masiva a los contribuyentes de cartas inductivas por presunto incremento patrimonial no justificado tomando únicamente como indicador el ITF
  • Cobranzas coactivas inmediatas a aquellos contribuyentes que presentaron su DDJJ Anual del Impuesto a la Renta, y que a pesar de mantener solicitud de fraccionamiento en trámite les notificaron la orden de pago y posteriormente se efectuó la ejecución coactiva.
  • Medidas cautelares previas a discreción en los procedimientos de fiscalización tributaria, en su mayoría por comparar el patrimonio neto de los contribuyentes con la deuda tributaria determinada en la fiscalización.
  • Sistemas informáticos defectuosos lo cual conllevó incluso que este año por lo menos llegue uno o dos mensajes a los contribuyentes por parte de Sunat disculpándose por las fallas del mismo.
  • Afectación al secreto bancario con la emisión del Decreto Legislativo 1434 el cual permite que Sunat acceda a las operaciones pasivas de los contribuyentes que excedan de los S/ 29,050 Soles.
  • Adquisición del Chat Bot Sofía que daba respuesta a los contribuyentes sobre sus solicitudes de devolución, a pesar que las mismas no fueron atendidas a tiempo y nunca funciono la devolución de oficio, gasto innecesario y excesivo.
  • Coordinación con el MEF para que sea Sunat la que con un Comité Revisor compuesto por 3 miembros de Sunat decidan qué actos, situaciones, relaciones jurídicas califican como elusión tributaria, decisión que no es impugnable de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1422.

¿Qué aspectos deberá considerar el nuevo jefe de la Sunat?

  • Convocar a profesionales especialistas en Derecho Tributario, Contabilidad, Economía y ciencias afines que trabajen en una reforma tributaria.
  • Invertir en un sistema informático que funcione adecuadamente y que permita la presentación oportuna de las declaraciones juradas de los contribuyentes.
  • Atender oportunamente las solicitudes de devolución con la misma celeridad que inicia cobranzas coactivas sobre deuda autoliquidada.
  • Mecanismos y estrategias para fiscalizar al sector informal.
  • Buscar acercarse al contribuyente mediante incentivos a la formalidad y disminución de condicionamientos formales en la deducción de los créditos tributarios.
  • Trabajar con el MEF y el Congreso los cambios necesarios para que la aplicación de la Norma XVI no se convierta en arbitraria, garantizando que el Comité Revisor identifique supuestos de elusión y no concluya que todo planeamiento tributario califique como tal.
  • Ser eficiente en los procedimientos de fiscalización, utilizar sus facultades discrecionales sin caer en la arbitrariedad de desconocer las operaciones de los contribuyentes aduciendo que son no fehacientes.
  • Postergar la contratación del OSE para validación de comprobantes de pago electrónicos hasta que sus sistemas informáticos funcionen de forma correcta.

Finalmente, consideramos que si el nuevo jefe de la institución es un funcionario de la gestión de Shiguiyama o un exfuncionario de Sunat, no hay garantía de un verdadero cambio que garantice una mayor recaudación o una Sunat más cerca a los contribuyentes.

Puntuación: 0 / Votos: 0

MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *