Corte Suprema ratifica que los servicios satelitales generan renta de fuente peruana. Y ahora quién podrá defendernos?

Insólito!

Corte Suprema ratifica que los servicios de capacidad satelital prestados en el ultra espacio exterior, deben pagar Impuesto a la Renta por aprovecharse económicamente el bien (el satélite) en territorio nacional.

La controversia que enfrenta a la empresa Telefónica del Perú y Tribunal Fiscal contra SUNAT, con el pronunciamiento a favor de SUNAT en la controversia del Expediente N° 15664-2014, pone el score 2 a 0 de 5 procesos que actualmente se ventilan en sede judicial, y que de no mediar un cambio en la defensa y un mejor sustento desde la interpretación de la norma jurídica, auguran el mismo resultado para las 3 controversias restantes.

De otro lado, el día de hoy, fue la vista de la causa del caso Americatel vs SUNAT, en el cual se discute el mismo tema, esto es, si los servicios de capacidad satelital se encuentran afectos o no al Impuesto a la Renta, que originen que el usuario del servicio deba retenerle el Impuesto a la Renta al sujeto no domiciliado.

La tendencia en sede judicial al parecer es gravar con Impuesto a la Renta los servicios extraterritoriales, situación que aún se puede revertir con una defensa tributaria implacable del caso, a efectos de garantizar la seguridad jurídica, el principio de predictibilidad en materia tributaria y la correcta interpretación de la norma tributaria.

Veremos que pasa más adelante, se necesita un debate tributario puro, los argumentos sobran para sustentar el tratamiento tributario de los servicios satelitales.

Sunat le gana nuevo juicio de capacidad satelital a Telefónica.

Fuente: El gatoencerrado.net del jueves 14 de junio de 2018.

El monto en disputa sería por S/ 30 millones.

Nuevamente Sunat le ganó un recurso de casación a Telefónica del Perú por el pago de impuesto a la renta de los proveedores satelitales, según fuentes del Poder Judicial.

En abril, Sunat también le ganó a Telefónica un juicio por capacidad satelital por S/ 8 millones por el ejercicio del año 2003 en la Tercera Sala Constitucional de la Corte Suprema. Con esta nueva sentencia, Sunat ya le va ganando a Telefónica dos de los cinco procesos por capacidad satelital.

La disputa por capacidad satelital se resume en lo siguiente:

Telefónica del Perú contrata a proveedores extranjeros por el uso de sus satélites para sus servicios de llamada de larga distancia o internet, pero le paga el monto total sin descuento alguno. Telefónica alega que como la operación se realiza en el exterior, no corresponde descontarle ningún impuesto a la renta, porque esta operación no se realiza en el territorio peruano. Según la Sunat, se le debe descontar el 30% de impuesto a la renta como se hace normalmente con los proveedores no domiciliados, porque la operación satelital termina en el territorio peruano, cuando la señal llega a las estaciones terrenas de Telefónica.

La sentencia de la Sexta Sala Contencioso Administrativa Tributaria declaró fundado, a favor de la Sunat, la Casación N° 15664-2014-0-5001-SU-DC-01. El monto en disputa sería por S/ 30 millones. Sunat presentó este recurso de casación tras perder en segunda instancia.

Publicado el Jueves, 14 de Junio del 2016

http://www.gatoencerrado.net/…/notic…/109/109409/detalle.htm

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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