El órgano reconoció que es potestad del Ejecutivo establecer la política arancelaria, aunque la labor no está exenta de control.
El Tribunal Constitucional hizo pública la aclaración solicitada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al fallo que restituye el arancel del 12% a la importación del cemento, medida que para el Poder Ejecutivo invade sus fueros.
Según la aclaración del TC, la decisión adoptada en esta causa “no puede ser considerada como un precedente que necesariamente condicione el futuro de la política arancelaria del Poder Ejecutivo”.
Precisa, además, que el fallo no ha restituido la vigencia del “Decreto Supremo Nº 017-2007-EF, sino que se ha limitado a restituir provisionalmente uno de sus efectos (el arancel del 12%), con el objetivo de evitar que se continúen violando los derechos fundamentales concernidos, manteniéndose incólume la competencia del Poder Ejecutivo para fijar una nueva tasa arancelaria”, aunque “respetando los criterios establecidos en la sentencia”.
El magistrado del TC Gerardo Eto Cruz afirmó que confía en que esta resolución permita “voltear la página” a la confrontación que surgió con el Gobierno, ya que ha quedado claro que la fijación de aranceles es una competencia exclusiva del Ejecutivo.
De acuerdo a la agencia Andina, Eto Cruz manifestó que si bien se admite que es prerrogativa del presidente de la República establecer la política arancelaria, dicha función no está exenta de cierto control cuando perjudica “alguna afectación o algún derecho fundamental”.