María José Fariñas Dulce
Profesora Titular de Filosofía y Sociología del Derecho
Universidad Carlos III de Madrid (España)
INTRODUCCIÓN.
El filósofo italiano Norberto Bobbio ha calificado el periodo de la Ilustración europea como “el Tiempo de los Derechos” , sin embargo hemos de añadir, que “este tiempo se escribió en masculino”, ya que las mujeres fueron quedando excluidas del inicial proyecto ilustrado , en base a la existencia de una supuesta desigualdad natural y ontológica entre hombres y mujeres, que ya fue anunciada también –desde el punto de vista educativo- por Rousseau en su obra El Emilio. Dicha supuesta desigualdad natural se fue materializando además en desigualdad social, económica, política y jurídica. De esta manera, la mujer y sus derechos fueron quedando excluidos del ámbito público de la negociación democrática y fueron relegados, sin embargo, al ámbito privado, familiar y doméstico. Los valores y las virtudes de la feminidad sólo podían tener desarrollo en el ámbito doméstico y privado. A su vez, el código de justicia de la modernidad resumido en el concepto de los Derechos Humanos se fue consolidando como una especie de “lujo politizado” en manos de una única clase social, la burguesía de los propietarios libres, de una única raza, la blanca, de una cultura, la occidental, y de un único género, los hombres.
A partir de este momento, comienza todo un largo y costoso proceso histórico de luchas sociales a favor de la reivindicación feminista; primero, por alcanzar la igualdad social, política, jurídica y económica entre hombres y mujeres; y, en un segundo momento, por el reconocimiento de las diferencias e identidades del género femenino, en cuanto grupo social diferenciado, en aras de conseguir una igualdad no sexista desde la reafirmación de las diferencias. Leer más