Señala Juan Méndez, del CIJT. La falta de prueba directa es típica de los crímenes contra la humanidad, por lo que se acepta prueba circunstancial.
César Romero.
Amicus. Los jueces deben examinar todos los elementos probatorios a la luz de la experiencia internacional, dice especialista.
La falta de una prueba directa, ya sea video, documento o testimonio, donde se vea al ex dictador Alberto Fujimori ordenar las matanzas de Barrios Altos o La Cantuta, no debe impedir que se le condene por violaciones a los derechos humanos, opinó el presidente del Centro Internacional para la Justicia Transicional (CIJT), Juan Méndez.
Indicó que la jurisprudencia internacional, al juzgar a superiores jerárquicos, permite que se emita condena en base a prueba circunstancial, testimonio indirecto o inferencia lógica que permita tener la convicción de que el acusado dio la orden o consintió que se cometiera el crimen. Agregó que se acepta esta práctica por ser la falta de una prueba directa algo típico de los crímenes de lesa humanidad. Leer más