Lima, ene. 15 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) no debió pronunciarse en el caso de un obrero que fue despedido por ir a trabajar en presunto estado de ebriedad, pues el asunto debió ser resuelto en la vía civil ordinaria, opinó hoy el ex presidente de ese organismo, Javier Alva Orlandini.
“Este caso debió ser competencia del fuero ordinario por tratarse de un reclamo laboral. (El tribunal) no debió pronunciarse, (la demanda) no era materia de amparo”, dijo a la Agencia Andina.
El TC emitió un polémico fallo a favor del trabajador Pablo Cayo Mendoza, obrero de limpieza, que fue despedido de la Municipalidad de Chorrillos, por llegar a su centro de labores el 9 de mayo del 2004, con síntomas de haber ingerido licor.
Al respecto, Alva Orlandini explicó que en materia laboral el TC sólo puede pronunciarse cuando el despido es nulo, fraudulento o arbitrario, y luego de haber agotado la vía administrativa y civil.
“En ninguno de estos supuestos se encuentra (el trabajador de limpieza). Este caso debió ser materia de revisión para la justicia ordinaria. La vía de amparo no es la idónea”, remarcó.En ese sentido, el ex magistrado constitucional sostuvo que el pleno del TC debió tomar en cuenta la opinión que sobre el tema expresaron los magistrados César Landa y Ernesto Alvarez, quienes votaron a favor de que se declare infundada la demanda.
“En este caso el interesado (trabajador de limpieza) no ha cumplido con agotar la vía administrativa ni la vía civil ordinaria, al utilizar un recurso de amparo para encontrar solución a un reclamo laboral”, indicó.
Consultado sobre si el TC debe rectificar la sentencia, Alva Orlandini dijo que ello no es posible por cuanto el fallo ya fue expedido y publicado y por tanto no puede modificarse.
No obstante, consideró que el fallo emitido no crea precedentes porque no tiene efecto vinculante y que sólo ha resuelto en este caso particular.
En la víspera, el integrante del TC, Fernando Calle justificó el fallo de ese organismo en el caso del obrero de limpieza que acudió a trabajar presuntamente en estado de ebriedad y descartó que se vaya a revisar la sentencia porque se trata de una persona humilde que cumplió con su trabajo.
Hasta hoy no entieno por que el doctor Alva Orlandini, luego de habersele apoyado contra la Dictadura de Montesinos, VARIO su criterio respecto a los Beneficios de la Ley 20530, no creo que le haya creido a Kucyski, cuando dijo que si no se variaban los criterios, iba a ver un caos. Que lastima que un hombre con tanta trayectoria y amigo de mi Tio HECTOR GALINDO (San Marcos), al final de su carrera no haya terminado como los arboles, de pie.Ni como Belaunde, honesto. Se lo digo con mucho respeto.
En verdad quisiera que me respondiera. Por que siempre pense que un hombre despues de los 65 ya no cambia.
Me equivoque?