Aprueban ley de carrera judicial con 92 votos

Cada tres años y medio los jueces serán evaluados en su desempeño. La jubilación será a los 70 años y se fija cuadro de sanciones y faltas
Por Jorge Saldaña Ramírez

La reforma judicial empezó de nuevo a caminar. Ayer, el pleno matinal del Congreso de la República aprobó –con 92 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones– la ley de carrera judicial y tras exonerarse de la segunda votación quedó lista para que sea promulgada por el Poder Ejecutivo.

Es la tercera vez que se intenta sacar la ley. La primera oportunidad ocurrió el 3 de abril del 2007 cuando el pleno aprobó el texto legal, pero pocos días después fue observado por el Poder Ejecutivo, que lo devolvió al Parlamento con más de 30 observaciones. En la siguiente oportunidad no se alcanzaron los 61 votos, pero gracias a una reconsideración se evitó que se fuera al archivo.

El texto sustitutorio sancionado tiene tres ejes centrales, según expuso a sus colegas el presidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, José Carlos Eguren, de las filas de Unidad Nacional: proceso de selección, evaluación del desempeño y control disciplinario de los magistrados judiciales.

Así, para ingresar a la carrera judicial hay que participar en el concurso de selección por parte del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Se accede al cargo de primer nivel que es el de juez de paz letrado y así progresivamente, el magistrado va ascendiendo conforme al desempeño de sus funciones, hasta llegar a la Corte Suprema.

Cada tres años y medio los magistrados serán evaluados en lo que corresponde a desempeño e idoneidad en el cargo por una comisión mixta integrada por representantes del CNM y del Poder Judicial. La jubilación de un juez ocurrirá a los 70 años de edad, aunque los actuales magistrados supremos pueden continuar en sus puestos hasta llegar a los 75 años.

Según Eguren, dentro de un mes se discutirá en el plenario congresal la ley de carrera fiscal e inmediatamente después se dictarán normas en el campo procesal penal y procesal civil para desembalsar el 80% de los tres millones de expedientes que se encuentran sin fallo en el Poder Judicial.

Uno de los dos parlamentarios que se abstuvo en la votación fue el fujimorista Santiago Fujimori, quien dudó que con esta ley se pueda resolver la corrupción y la abultada carga procesal. “El enfoque para una reforma judicial debió haber empezado por modificar las normas procesales para agilizar los juicios y luego de ello se debió haber discutido la carrera judicial”, alertó.

El jurista en Derecho Constitucional Natale Amprimo se mostró satisfecho por la dación de la ley de carrera judicial, pero subrayó que la reforma de la administración de justicia no pasa simplemente por la dación de una norma legal por más buenas intenciones que esta tuviera.

Señaló que también se requieren recursos presupuestales y tecnológicos para extender y mejorar la calidad de la justicia pero además urge comprometer el ingreso a la carrera judicial de las mejores inteligencias que egresan de las facultades de Derecho de las universidades “porque la justicia importa a la sociedad”.

Al cierre de esta edición no se conoció ningún pronunciamiento del Poder Judicial.

QUÉ DICE LA LEY
Se consagra la meritocracia judicial
1. Se establece un sistema mixto de ingreso. Esto es, que también puede acceder a cargo de juez un abogado de un estudio jurídico privado. El postulante al cargo de juez será sometido a exámenes de conocimientos, entrevista personal y examen psicológico. Cualquier ciudadano puede interponer tachas en contra de un postulante a juez.

2. Cada tres años y medio se evaluará el desempeño y el rendimiento y mérito de los jueces así como las necesidades particulares de capacitación. La ratificación en el cargo se realizará cada 7 años.

3. Se tipifica por primera vez las faltas leves, graves y muy graves con sanciones y medidas disciplinarias aplicables a los jueces. Por ejemplo, se castiga al juez que abusa de su cargo o incumple los plazos para dictar un fallo.

4. Para todos los niveles de jueces se ofrecerá programas de actualización, especialización y perfeccionamiento para un mejor desempeño de la labor. La participación será obligatoria.

5. Si la ley es promulgada por el Poder Ejecutivo, entrará en vigencia dentro de 6 meses.

El Comercio

Puntuación: 2.67 / Votos: 6

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *