Archivo por meses: marzo 2009

Ley consagra obligación empresarial relevante

Hasta fin de marzo empleadores tienen plazo para presentar datos

Si se incumple con este deber, habrá sanciones pecuniarias

Las empresas que prestan servicios públicos esenciales tienen plazo hasta fines de este mes para cumplir con su obligación de comunicar a sus trabajadores u organizaciones sindicales que los representen y a la autoridad de Trabajo, el número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios, los horarios y turnos que deben cumplir, así como la periodicidad de sus reemplazos.

De acuerdo con el artículo 82° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, en caso que una huelga afecte el normal funcionamiento de los servicios públicos esenciales o se requiera garantizar el cumplimiento de actividades indispensables, los trabajadores en conflicto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que así lo exijan.

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TC ratifica formalidades exigidas para el despido

Amparo. No es vía idónea para cuestionar la causa justa de
despido cuando se trate de hechos controvertidos

En sentencia recaída en el Expediente Nº 06292-2007-PA/TC

El empleador debe cumplirlos para separar a un trabajador

Los requisitos y formalidades elementales que debe cumplir todo empleador para el trámite correspondiente a un procedimiento de despido fueron ratificados por el Tribunal Constitucional (TC) mediante la sentencia recaída en el Expediente Nº 06292-2007-PA/TC.

En virtud a este fallo, dicho colegiado declara improcedente la demanda de amparo interpuesta por Luis Alberto Miranda Soriano contra la Refinería de Cajamarquilla S.A., solicitando que se declare inaplicable una carta notarial emitida por la citada refinería mediante la cual se le comunica a Miranda que ha sido despedido por la supuesta comisión de falta grave y que por ende se le reponga en su puesto de trabajo.

En dicho pronunciamiento, recientemente difundido por el TC, este tribunal concluye que tal refinería cumplió con las formalidades exigidas para la realización del despido en la medida que se envió comunicación por escrito al recurrente de la acción de amparo imputándole la causa del despido, se le otorgó a este último el plazo de 6 días para presentar descargos, y se cumplió con el respeto al principio de inmediatez.

Actuaciones que a criterio del citado organismo constitucional no sólo son formalidades exigidas para el despido sino que además constituyen un procedimiento previo al despido que el empleador lo realiza en ejercicio de su poder de dirección, el que incluye: dirigir, fiscalizar y sancionar; poder que nace de uno de los elementos esenciales de toda relación laboral: la subordinación.

Cuestionamiento de causa justa
El TC en la misma sentencia ratifica, por otra parte, que el amparo no es la vía idónea para el cuestionamiento de la causa justa de despido imputada por el empleador cuando se trate de hechos controvertidos, o cuando, existiendo duda sobre tales hechos, se requiera de la actuación de medios probatorios a fin de poder determinar la veracidad, falsedad o la adecuada calificación de la imputación de la causa justa de despido. Esto para el citado tribunal no puede dilucidarse a través de un proceso de amparo.

Fuente: Diario “El Peruano”
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Ejecutivo promulgó decreto que ratifica la cooperación entre el Perú y Chile

20:45 | El presidente de la República firmó hoy el documento que reconoce los derechos laborales para los ciudadanos de ambos países

(Andina).- El presidente Alan García promulgó hoy el decreto supremo que ratifica el Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Laboral y Migratoria entre el Perú y Chile, cuyo objetivo es el reconocimiento de derechos laborales fundamentales para los trabajadores migratorios de ambos países.

Dicho instrumento internacional fue suscrito el 22 de agosto del 2006 en la ciudad de Lima y su ratificación es conveniente a los intereses del Perú, señala la norma promulgada.

En materia de los derechos de los trabajadores migratorios del Perú y Chile estos se aplican independientemente de su situación irregular, señala el ratificado memorándum, según informó la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República.

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EE.UU. confirma compromiso en solución del conflicto palestino-israelí

9:35 | Hillary Clinton se reunió con Shimon Peres y también manifestó su apoyo al gobierno palestino de Mahmud Abbas

Jerusalén (DPA). La secretaria de Estado norteamericana, Hillary Clinton, confirmó hoy el compromiso de la administración del presidente Obama a favor de una solución de dos Estados en el conflicto palestino-israelí.

Tras un encuentro con el presidente israelí, Shimon Peres, Clinton también destacó el apoyo de su país a las autoridades palestinas del presidente palestino, Mahmud Abbas, frente al grupo rival Hamas.

Al mismo tiempo, dijo que Estados Unidos respeta el proceso democrático en Israel y que estará al lado del nuevo gobierno. Los dos Estados están unidos “más que por intereses comunes, por valores comunes”.

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