Archivo por meses: febrero 2009

Le pagaron S/.600 a vigilante para permitir robo en archivo de Salud

Médico aprista Víctor Guevara Florián niega estar implicado en caso. Fiscal Peralta ha pedido evaluar si le compete seguir viendo el tema

Por: Mario Mejía Huaraca

El escandaloso robo de 838 cajas con importantes documentos del Ministerio de Salud (Minsa) empieza a aclararse. Gracias a la investigación preliminar realizada por el Ministerio Público, ha salido a la luz la identidad de quien presumiblemente ordenó la sustracción. Se trata de Víctor Guevara Florián, médico muy vinculado al Partido Aprista, quien hasta el 26 de noviembre del año pasado se desempeñó como titular de la Dirección de Salud de Lima Ciudad.

Según el informe de María del Pilar Peralta Ramírez, titular de la Fiscalía Penal Provincial 26 de Lima, uno de los vigilantes que cuidaba el local del Archivo Central del Minsa, en el Cercado de Lima, declaró que el hurto se produjo en las madrugadas del 23 y 30 de diciembre.

En ambas ocasiones, cuatro recicladores fueron los encargados de sacar las cajas y cargarlas en una camioneta bajo las órdenes de Guevara y Segundo Zárate Gonzales, jefe interino del archivo y que tenía las llaves del local.

La investigación fiscal señala que desde inicios de diciembre Zárate le habría propuesto al vigilante Ismael Amoroto Zúñiga sacar las cajas y que “esto no le acarrearía problemas, pues estaban involucrados altos funcionarios del Minsa”.
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Falta de infraestructura limitará el crecimiento

Ejecutivos creen que carreteras y generación de energía deben ser las prioridades

Las deficiencias en infraestructura no son solo una preocupación de los países en desarrollo, sino también en los desarrollados. Más aun en momentos en que la crisis internacional arrecia y deja sin liquidez a las economías del mundo. Así lo establece un reciente estudio que la consultora KPMG encargó a la Unidad de Inteligencia del semanario británico “The Economist”.

El estudio, realizado entre 328 ejecutivos de las principales compañías del mundo, destaca que el 77% de los encuestados considera que las inversiones en infraestructura no serán suficientes para respaldar el crecimiento de sus instituciones a largo plazo. Este dato es interesante además porque el 52% de los entrevistados proviene de Europa, EE.UU. y Canadá, áreas provistas de infraestructuras de vanguardia.

Es relevante señalar que el 68% de los ejecutivos está “muy preocupado” por la efectividad de los gobiernos para invertir en infraestructura, mientras que el 66% dice que le preocupa que la situación económica actual impida la inversión necesaria para revertir tal carencia.

Para Steve Beatty, director global de infraestructura de KPMG, las carencias en infraestructura también afectan a los países desarrollados porque desde la década del 70 estos disminuyeron su ritmo de inversiones. En el caso de Latinoamérica —afirma— la situación es preocupante porque, según el informe, el 90% de los ejecutivos considera que la infraestructura es determinante para dirigir sus inversiones. Además, los ejecutivos señalaron que la construcción de carreteras y la generación de energía deberían ser las prioridades.

Respecto del Perú, Beatty comentó que es necesario que el Estado invierta para cerrar esta brecha y estimular la economía. “La inversión pública es muy importante por la escasez de liquidez”, concluyó.

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Sentenciarán a corruptos en 120 días con nuevo código

El Poder Ejecutivo garantizó que destinará los recursos para su implementación

La ministra de Justicia, Rosario Fernández, destacó que el nuevo Código Procesal Penal permitirá sentenciar en un plazo de 120 días a quienes incurran en delitos de corrupción.

Fernández señaló que uno de los beneficios de la aplicación de este código es que en el juicio oral se establece que las sesiones sean continuas e ininterrumpidas para que el proceso acabe en un mismo día. También garantizó que el Poder Ejecutivo destinará los recursos necesarios para la implementación del nuevo código.

Asimismo, el congresista Raúl Castro (UN) explicó que ya no se hará una investigación triple —por la policía, la fiscalía y el Poder Judicial—, sino que habrá un proceso único dirigido por el juez.

“Hay denunciados que, por no haber sido sentenciados en un plazo de 36 meses, terminan saliendo de la cárcel”, dijo.
Sin embargo, aclaró que esta normatividad será aplicada recién desde el día de su publicación, pero no para los casos Discover Petroleum o el proceso al ex presidente Alberto Fujimori.
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Ley a favor de invasores anula contratos de compraventa

Solo jueces tenían esa facultad. Norma vulnera seguridad en las transacciones. Tierras invadidas por traficantes de Jicamarca serían las beneficiadas

Por: Elizabeth Salazar Vega

La ley que ordena expropiar terrenos privados a favor de los invasores fue publicada ayer en “El Peruano” sin las precisiones o modificaciones que esperaban cientos de propietarios.

Pero además de la posibilidad de expropiar terrenos que están en litigio, que han sido usurpados o que se encuentran en zonas no aptas para vivienda, la polémica norma trajo consigo un ingrediente adicional: la nulidad de los contratos firmados entre comunidades campesinas y compradores de buena fe. Es decir, quienes compraron terrenos a estas asociaciones tendrán que hacerse a la idea de que nunca celebraron acuerdo alguno y, por lo tanto, perdieron su dinero.

“Se está estableciendo la nulidad de los contratos hechos en terrenos ocupados por invasores, cuando solo el Poder Judicial tiene la competencia para decidir la validez de un acto. Se está vulnerando la seguridad jurídica de las transacciones y se sienta un precedente negativo que vulnera aun más el derecho a la propiedad. Es la primera vez que mediante una ley se anulan contratos privados”, explica la abogada especialista en derecho administrativo Úrsula Luna.
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Asegurarán empleabilidad

Trabajadores en riesgo de perder empleo serán capacitados en 45 días

Mejorarán destrezas para migrar laboralmente a nuevas actividades

Ante una situación de crisis, la reconversión laboral asoma como una alternativa para paliar los efectos de aquella en el empleo. Mediante este procedimiento se busca la reincorporación laboral de trabajadores que teniendo una determinada especialidad, se ven impedidos de continuar ejerciéndola por razones externas a ellos y carecen de opciones de permanecer en el mercado de trabajo con su perfil ocupacional.

En el caso del país, se prevé que los sectores minero, agroindustrial y textil serán los más golpeados por la crisis económica. De ahí la decisión del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) de acelerar el inicio del programa de reconversión laboral destinado a promover el empleo y proteger la empleabilidad de los trabajadores afectados por la crisis internacional.
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Establecen garantías ante derecho a la salud mental

Pacientes psíquicos deben acceder a tratamientos idóneos

La responsabilidad recae en el Estado y en entidades particulares

La responsabilidad de proteger y garantizar la salud mental de los enfermos psíquicos, así como la de garantizar en forma inmediata la protección de su vida y de su integridad personal, recae principalmente en las entidades prestadoras del servicio de salud del Estado, haciéndose extensiva a los particulares que prestan servicio de salud por cuenta propia o por encargo del Estado.

Así lo sostuvo el Tribunal Constitucional (TC) en la sentencia recaída en el Exp. Nº 02480-2008-PA/TC, en que desarrolla el tema del derecho a la salud mental de las personas con discapacidad mental, así como la forma en que la familia y el Estado deben atender los requerimientos especiales que se derivan de esta condición. Además, aborda la doble naturaleza de la salud, como derecho fundamental y servicio público.
Respecto al derecho a la salud mental, el colegiado refiere que este derecho se encuentra reconocido en el derecho internacional de los derechos humanos, entre otros.

En tal virtud, se precisa que el derecho a la salud mental es un derecho fundamental cuyo sustento está contenido en el principio-derecho de dignidad humana y en los derechos a la salud y a la integridad psíquica.
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Indecopi multó a empresa Elektrafin por cobrar más intereses de lo permitido

Lima, feb. 10 (ANDINA).- El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó hoy que multó a Elektrafin con 142 mil nuevos soles por infringir diversas normas de protección al consumidor al otorgar un crédito mediante su servicio denominado “Credifácil”.

La sanción fue aplicada porque Elektrafin, mediante su servicio “Credifácil”, impuso una tasa de interés de 165.98 por ciento a una consumidora que solicitó un préstamo de 1,250 soles.

Precisó que el Banco Central de Reserva (BCR) sólo autoriza cobrar un máximo de 25.09 por ciento de interés a las empresas ajenas al sistema financiero nacional.
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Convocan Legislatura Extraordinaria para constituir comisión investigadora de caso Petro-Tech

Lima, feb. 11 (ANDINA).- El presidente Alan García, en el marco de sus atribuciones constitucionales, convocó al Congreso de la República a Legislatura Extraordinaria, para mañana jueves 12, a fin de debatir la constitución de una comisión investigadora de la transferencia de la empresa Petro Tech.
Según un decreto supremo publicado hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, la convocatoria busca que el Parlamento trate la moción que plantea conformar la comisión investigadora y que se verifique la legalidad de la transferencia de Petro Tech y las responsabilidades que se desprendan de este acto.

La investigación deberá determinar además “las posibles vinculaciones con la red dedicada al espionaje de las comunicaciones en nuestro país”.
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Determine correctamente el IR

Sepa las nuevas reglas del Impuesto a la Renta según cada tipo de empresa

Contribuyentes inician los pagos a cuenta para rentas de tercera categoría

El Gobierno incorporó diversas modificaciones al régimen del Impuesto a la Renta (IR) para el presente ejercicio fiscal cuya observancia resulta indispensable para la correcta determinación y pago de los tributos en este año. A continuación, el tributarista, Gerardo Novoa Herrera expone las nuevas reglas fiscales vigentes desde el 1 de enero del 2009.
Estos cambios se refieren a la determinación de las operaciones gravadas, rentas empresariales de personas naturales, rentas de fuente peruana, rentas de segunda categoría y del trabajo, renta neta del capital, consolidación de rentas, entre otras.

Así, dijo, las operaciones gravadas constituirán renta gravada de las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales, cualquier ganancia o ingreso proveniente de operaciones realizadas con instrumentos financieros derivados.
“Son instrumentos financieros derivados fowards, opciones, swap y futuros”, explicó Novoa, quien además es miembro del Estudio Grau.
Para las rentas empresariales de personas naturales, agregó, se configurará habitualidad en la enajenación de bienes inmuebles efectuada por personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, a partir de la tercera enajenación inclusive que se produzca en el ejercicio.
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Eliminan exoneración que se convertía en perjuicio

El Congreso aprobó proyecto presentado en el 2006 sobre la cadena del IGV en exportación

La Comisión Permanente del Congreso aprobó el proyecto de ley 1349, presentado por la legisladora Luciana León en el 2006, con el fin de eliminar la exoneración del IGV que hoy tienen algunas empresas que brindan servicios a los exportadores en las zonas aduaneras.

Según la exposición de motivos, la exoneración no constituía un beneficio sino un perjuicio a los exportadores, pues, al final de la cadena en la provisión de servicios, el fisco terminaba cobrando más con la exoneración que sin ella. ¿Cómo?

El problema radica en que al estar una parte de la cadena de servicios exonerada del IGV, los clientes de estas no tienen crédito fiscal que recuperar. Así, la base imponible termina siendo mayor para estos clientes, pero también para los exportadores en cuyos costos está incluido el IGV que tienen que pagar sus proveedores. Por último, la exoneración tampoco es buena para los supuestos beneficiados, pues no recuperan el IGV.

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