Lima, ene. 14 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) no ha excedido sus funciones al dar un fallo que impide el despido de un trabajador que llegue ebrio a su centro de labores, siempre que no cometa actos de violencia, dijo hoy el integrante de ese organismo, Fernando Calle.
Sostuvo que las críticas a dicho fallo son desproporcionadas y advirtió que existe cierta desinformación sobre los alcances del mencionado fallo que –subrayó- se refiere a un caso específico y no es vinculante para otros casos.
El magistrado aclaró que la sentencia determina que debe haber una proporcionalidad en la gravedad de la falta antes de proceder al despido.
“No es vinculante y no se está liberando de sanción al trabajador (cuando concurra en estado de embriaguez). Estamos hablando de gravedad, esa gravedad tiene su proporción eso es lo único que se está señalando en el fallo, la proporcionalidad de la falta”, declaró a la Agencia Andina.
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