Fijan retenciones y pago por rentas de inmuebles

CONTRIBUYENTES. SEPA LAS NUEVAS INSTRUCCIONES Y FORMATOS A USAR ANTE LA SUNAT

Regulan pagos definitivos del IR por rentas de segunda categoría

Nuevo esquema inicia en febrero con ganancias obtenidas en enero

Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que desde el inicio de este año perciban rentas por ganancias de capital, conocidas también como de primera y segunda categoría, ya cuentan con las instrucciones y formatos para el oportuno cumplimiento de sus obligaciones impositivas.
En efecto, la Sunat aprobó la RS N° 014-2009-Sunat, la cual refiere las reglas que deben atender las personas naturales para pagar el Impuesto a la Renta (IR) por la transferencia no habitual de inmuebles en 2009 (5% de la ganancia, con carácter de pago definitivo).

Así, para la retención del IR las personas naturales que perciban rentas de segunda categoría podrán acceder desde esta mañana al portal de Sunat Virtual, en el que obtendrán la nueva versión PDT-Otras Retenciones, Formulario Virtual 617, Versión 1.7, aprobado mediante la RS N° 009-2009-Sunat.

Pagos directos y definitivos
Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, explicó que en las ganancias de capital son dos los casos en los que el perceptor de la renta debe efectuar pagos directos a Sunat con carácter definitivo.
El primero, el propietario (persona natural) que alquila inmuebles y, segundo, la persona natural que vende hasta dos inmuebles en 2009.

Para estos efectos, se considera como persona natural (además de la persona física) a la sociedad conyugal y a la sucesión indivisa, aclaró.
En consecuencia, las personas obligadas deberán realizar el pago del IR, a través del sistema Pago Fácil, en las agencias bancarias autorizadas. Dicho programa, implementado por la Sunat, no requiere el uso de formularios impresos, pues los interesados solo deben proporcionar al agente de la entidad financiera su número de RUC, período tributario al que corresponde la renta, el código de tributo 3021 y el importe a pagar –equivalente al 5% de la ganancia obtenida–.

Los pagos se efectuarán, con carácter definitivo, al mes siguiente a aquel en que se percibió la renta de acuerdo con el cronograma aprobado por Sunat, atendiendo el último dígito de RUC de cada contribuyente. Así, las ganancias obtenidas en enero serán declaradas y pagadas en febrero y así, según corresponda, durante el año.
Según la disposición citada, los medianos y pequeños contribuyentes (mepecos) cumplirán con dicha obligación en las sucursales o agencias bancarias autorizadas, mientras que los principales contribuyentes (pricos) efectuarán la declaración y pago del tributo correspondiente en los lugares fijados por el ente fiscal.

Retenciones
1 En primera categoría. Si el propietario del inmueble alquilado es una persona natural no domiciliada, el IR es retenido y pagado por el inquilino.
El monto a retener en 2009 es 24% de la renta mensual, en 2010 será 30% de la renta mensual sin deducción alguna. Para la retención se utilizará el PDT-Otras Retenciones, Formulario Virtual 617, disponible desde hoy en Sunat Virtual.

2 En segunda categoría. Las empresas y personas que abonen a personas naturales rentas de segunda categoría, por ejemplo, intereses por préstamos, pagos por regalías, derechos de autor, marcas, patentes y rentas vitalicias, deberán retener el 6.25% del 80% pagado, esto es, el 5% de la ganancia, con carácter definitivo.
Para los dividendos, que también se consideran rentas de segunda categoría, el impuesto que retendrá la empresa al accionista continúa con la tasa única del 4.1% sobre el dividendo total pagado o puesto a disposición del accionista.

Pago del IR por alquileres
El impuesto es equivalente al 5% de la renta mensual, el pago se efectúa mediante el sistema “pago fácil”. Al banco se proporcionan los siguientes datos: nombre y RUC del propietario, nombre y DNI del inquilino o razón social de ser el caso, monto del alquiler, período
al que corresponde el pago.

El impuesto se paga una vez devengado el mes, aun cuando el inquilino no haya pagado la renta. Si el período a pagar es desde enero 2009, el sistema automáticamente lo grava con el 5%; si los alquileres corresponden hasta diciembre de 2008, el sistema automáticamente lo grava con el 12% mensual y, en este caso, considera pago a cuenta.

Pago del IR por venta de inmuebles
Desde el 1 de enero de 2009, el impuesto por la transferencia de inmuebles a cargo del vendedor –persona natural– es equivalente al 5% de la ganancia de capital (precio de venta menos costo computable) y tiene carácter definitivo.

El tributo es pagado en los bancos mediante el sistema “pago fácil”.

Se debe proporcionar al banco el número de RUC, monto de la renta obtenida, período, código 3021, importe a pagar, entre otros.

El pago debe efectuarse hasta el mes siguiente a la transferencia, de acuerdo con el cronograma mensual de Sunat (según último dígito del RUC).

La constancia de pago del impuesto debe presentarse al notario, Formulario 1662 –boleta de pago– que entrega el banco al recibir el pago del impuesto.

El notario deberá exigir la constancia de pago del impuesto –que se inserta en la escritura pública–, pues de lo contrario será responsable solidario.

Las personas que vendieron inmuebles hasta el 31 de diciembre de 2008, pagarán el impuesto según las normas vigentes a esa fecha, esto es, pagarán el 0.5% del precio de venta, con carácter de pago a cuenta, sujeto a regularización del impuesto 2008, que se realizará entre marzo y abril próximo.

Fuente: Diario El Peruano

Puntuación: 3.36 / Votos: 22

Comentarios

  1. Gabriel Tejada escribió:

    en el caso de ventas hasta el 31 de diciembre del 2008 estaban exonerados las personas naturales que usaban el predio como casa-habitacion y tambien las que habian adquirido el bien antes del 2004.
    ¿sigue esta exoneracion? para estos casos ….

  2. NELFA escribió:

    YO COMPRE UN TERRENO EN EL AÑO 2004 A 8000 MIL DOLARES Y LO CONTRUI EN EL AÑO 2007 Y LO VENDI EN EL AÑO 2009 ENERO A 50000 SOLES CUANTO DEBO PAGAR DE IMPUESTO POR LA TRANSFERENCIA DEL PREDIO????????????
    gracias por su rta

  3. oscarmeza escribió:

    adquiri una casa tiempo atras y ahora que vivo en el extranjero quiero venderlo. Cuanto debo pagar por impuestos al vender esta propiedad??
    gracias

  4. Juam Huisa Quispe escribió:

    deseo saber que impuestos debo pagar o tramitar ante la SUNAT, ya que a la fecha vengo alquilando una casa y estube pagado el 12% de impuesto de alquiler, luego bajo a 5% que tramites me falta o impuesto que pagar o declaraciòn jurada algo me falta.
    gracias por su respuesta y su gentil atención.
    juan huisa quispe

  5. MAnuel escribió:

    en abril del 2004 compre un terreno en 13,200 dolares——-hoy lo trasnfiero a mi hijo por el valor del autoavauo por S/.25.500.00—-COMO DEBO CALCULAR PARA PAGAR EL IMPTO A LA RENTA—CUANTO DEBO DEDUCIR.—CUANTO ME SALE EL IMPTO A PAGAR.SLDS.MANUEL

  6. MANUEL escribió:

    he tenido 3 terrenos los compre(1997) a US$1,200 C.UNO–Y LOS HE VENDIDO ESTE MES DE jULIO 2009—POR UN TOTAL US$31,700—-DEBO PAGAR IMPTO A LA RENTA—SLDS

  7. luis escribió:

    mi hija,me desea tranferir un local comercial para que lo transforme en pequeña galeria de 6 stand,como debo tributar ,mi hia debe pagar tambiem

  8. maria nelly florida vela escribió:

    he alquilado un terreno a 950 soles ya le toca pagar este mes como debo hacer con el impuesto , le cbro solamente y yo misma voy apagar el 5% AL BANCO DE LA NACION O ES QUE EL INQUILINO LO V PAGAR APARTE? AYUDEME POR FAVOR OMO HACER O QUE DOCU,ENTOS DEBO PEDIR AL BANCO’ GRACIAS

  9. Roxana escribió:

    Hola!!
    He alquilado un inmueble a 1500 soles este mes de diciembre, desde cuando tengo que ir al banco de la nacion para pagar el impuesto y como hago?
    Tambien me dijeron que tengo que declarar este alquiler ante la municipalidad?
    Por favor ayudenme

  10. Reyna escribió:

    En el caso que por primera y unica vez se va alquilar parte de mi propoedad por un tiempo determinado debo pagar el 5% pero no tengo ruc como realizar el pago.

  11. Luzinda escribió:

    eN TRUJILLO SE DEBE HACER UNA INSPECCION A LOS PROPIETARIOS DE LAS VIVIENDAS QUE ALQUILAN A ESTUDIANTES DEL UPAO YCESAR VALLEJO YA QUE LOS DUEÑOS SON ABUSIVOS NO PAGAN EL IMPUESTO DEL 5 % TAMPOCO DAN RECIBOS DEL BANCO DE LA NACION INCLUSO NO DEBUELVEN LA GARANTIA QUE DEJAN LOS ALUMNOS A LOS DUEÑOS ARGUMENTANDO DE QUE SE HA DETERIORADO UNA COSA OTRA COSA, SE DA ALERTA A LOS DEL MUNICIPIO, SUNAT Y OTRAS AUTORIDADES QUE VELAN ESTE ASPECTO.

  12. arturo guillen escribió:

    yo, compre una propiedad en el 2001 por 70,000 dolares, luego lo independizo en 05 unidades en el 2007, ahora quiero venderlo todo junto a un solo comprador por 200,000, cuanto debo de pagar de impuesto a ala renta.?

  13. arturo guillen escribió:

    porque no publican las respuestas , quizas les podriamos ahorrar tiempo , asi no repetiriamos las consultas, a la vez todos no beneficiariamos con las respuestas.

  14. DINA CLAEYSSEN ARROYO escribió:

    i suegra compro un terreno en 1990 lo termino de cancelar en 1995, termino la construccion de dos pisos y aires en 1999, pero recien saneo ante registros publicos la compra del terreno y de las construcciones s en 2,009, ahora en el 2010 voy a comprar a mi suegra el departamento del segundo piso y los aires dicha venta esta afecta al pago de impuesto a la renta ante la sunat.
    Agredeciendo la atencion que dispensen a la presente, quedo de Uds.

  15. mariana escribió:

    tengo una casa en un pueblo joven desde el año 1975. se construyo hasta antes del 2000 5 pisos. En el 2009, la refaccionamos y lo independizamos p la venta qdando 7 departamentos en los 5 pisos. mi pregunta es que impuestos debo pagar por la venta de cada 1 de los departamentos.

  16. angel escribió:

    Voy a empezar a alquilar habitaciones, tengo ruc pero solo de 4ta categoria como R.P.H., con ese mismo ruc puedo hacer mis pagos, no tengo que declarar anual, es posible que tenga problemas pues tengo deuda con sunat como R.L. de otra empresa.
    Gracias

  17. Alfredo Valqui Febrero escribió:

    En alguna parte de los ocmentarios se indica que se paga el 5% a la renta por personas naturales y hasta por dos operaciones al año. ¿Qué pasa si realizo más operaciones de compra y venta de diferentes inmuebles? Debo pagar más impuestos, registrarme o en mi declaración anual declaro todas las operaciones y de ahí me sale el impuesto a pagar?
    Gracias por la respuesta

  18. cesar reyes escribió:

    yo compre un terreno en el 2009 a 1850 soles y lo vedi en mayo de 2010 en 56ooo soles per tuve que hacer mejoras en el terreno pa poderlo vender asi inverti 40000 soles cualto tengo que paga de impuesto

  19. gustavo escribió:

    sres derecho y sociedad
    mis padrinos compraron una vivienda antes de 1991, pero luego la remodelaron para volverlas departamentos. los cuales desean vender, estan afectos al pago de impuesto a la renta y en que categoria
    atte.
    gustavo

  20. carlos sanchez nuñez escribió:

    quiero constituir una empresa de trasporte de pasajeros interprovincial con un capital social de 180000 y deceo saver cuando voy a pagar en registros publicos o cuanto va hacer el impuesto a pagar por esa cantidad. gracias

  21. jose escribió:

    por consulta si vivo en ee.uu pero arriendo propiedades en peru tengo que tributar en ee.uu? si podrian resolver mi interrogante al mail gracias

  22. Rosario escribió:

    He empezado ha alquilar una habitacion en mi casa que esta en el patio de la misma por un año. debo tener licencia y pagar impuesto?

  23. nestor escribió:

    estoy construyendo departamentos a nombre de mi empresa en total son 04 como calculo el impuesto a pagar al momento de venderlos

  24. maria elena escribió:

    yo vivo en un cuarto con mi mama y el contrato fue con una hoja de cuaderno el pago mensual del cuarto es de 300 mas agua y luz mas el jardin y 6 soles de arbitrios los dueños no nos dan recibos de nada tendrian que pagar ellos a la sunat por el alquiler de cuartos? mas de 15 años han estado alquilando un departamento y 3 cuartos como puedo saber si tenian que pagar por el alquiler de cuartos.

  25. XANDRA escribió:

    tengo un apropiedad a medio construir y estoy alqullando pequeños ambientes, digname que debo hacer para sacar mi RUC y cuanto debo pagar en conjunto no llega a 2000 soles mensuales. Pueden contestarme algún abogado tributarista, y que debo hacer GRACIAS

  26. Hogan escribió:

    L’attuale visto operativo Aussie vacanza è in realtà una sorta di visto dato per i candidati che siete tra la fascia di età associata con 18, nonché 30. Il visto effettiva è in realtà legittima per quanto riguarda le 12 diverse settimane in cui il proprietario può preoccupato viaggio, rimangono così come la funzione all’interno di Sydney rispetto a 3 mesi al suo interno il periodo di validità temporale. Qualora necessario, le persone effettivi possono presentare una domanda di visto secondo stagionale operativo che può essere somministrato a seconda di una serie di elementi come pure le condizioni. Il tipo di casa reale Aussie visto è in realtà visto per studenti del college che viene dato per coloro che desiderano chiave a Sydney perché possiedono firmato in proprio all’interno di istituti accademici associata a Sydney. Il candidato del visto dovrebbe fornire le prove richieste associato con polizza assicurativa aggiuntiva con personalità e record benessere in seno agli organi di governo preoccupati. ETA Aussie visto è estremamente semplice da ottenere nel caso in cui tutte le esigenze tendono ad essere soddisfatti. Assicurarsi che si tende a essere fornendo tutti i dettagli correttamente per quanto riguarda il viaggio visto Aussie che può essere ottenuto all’interno di un periodo molto breve del vostro tempo. Assicurati di visitare il sito web per saperne di più
    http://www.hogansitoufficia… Hogan

  27. Hogan outlet escribió:

    Game Group ha annunciato di aver sospeso la sua carta da regalo e sistemi di carte di fedeltà dopo essere andato in amministrazione controllata. La catena di gioco, che include anche il marchio Gamestation, ha detto che non sarebbe in grado di offrire alcun rimborso o scambi per i prodotti, anche quelli acquistati prima è andata in amministrazione controllata il 26 marzo.

  28. Polo Ralph Lauren escribió:

    Polo ralph lauren, l . a . dernière model de l . a . série 2012 du printemps de vacances au début de l . a . femme à l . a . gloire par l . a . saison d’hiver 2011 montrent de nouveaux modèles (Xiao Wen, Ju), Ju Xiaowen interprétation. Nouveau tissu métallique brillant, remplacé par not tricot doux, molleton, si concis usure réelle de quelques pieds not peu additionally chaudes et belle, une paire de diamond d’argent orteil éblouissante à talons hauts chaussures, mais serve nous rappeler de ne pas oublier que l . a . portion des frais de vigueur operating-system polo ralph lauren.

    De perspire à capuche à striction Pantalons, se révèle être toujours de créer délibérément not spacieux, silhouette décontractée, apparemment par inadvertance rempli de mélange en couches et le match up. Ingenious poitrine gown chemise attachée à une couche de court-shirt type sans manches, en dehors de l . a . training course, et semblent d’avant-garde beaucoup. Lumineux bleu de cobalt et de citron jaune, any finalement brisé les derniers trimestres, Polo ralph lauren noir et blanc basic gris, le printemps 2012 et l . a . obscure de fluorescence de couleur d’été any émergé

  29. Julio escribió:

    Mi suegro vive en el extranjero hace cuatro años no pudiendo haber retornado al Peru por razones de salud, tiene 94 años. Desea vender su unica propiedad adquirida el año 1990. ¿Con que pago de impuesto se veria afectado? Gracias por su ayuda

  30. Olga Bravo escribió:

    Tengo que pagar imp. renta por la venta de un inmueble necesito el codigo tributario y en que formulario lleno la informacion.

    gracias

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *