El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del Osiptel sancionó a Telefónica del Perú con 51 UIT (S/.181.050) por haber alterado la información que presentó al regulador.
Según el Osiptel, la discrepancia en la información se refiere a unas actas de inspección cuyo contenido no coincide y que se completaron como parte de un reclamo presentado por un cliente de la compañía. Una de las actas presenta un añadido que no tiene la otra.
Para la compañía, evidentemente, la multa es elevada e injustificada. Y es que para ella, los supuestos datos adulterados corresponden a la información de la caja de acceso y del cable del abonado, que fue incluida para un control interno y que de ninguna manera altera los alcances o conclusiones de la investigación.
La empresa lamentó que el tribunal no haya considerado adecuadamente sus descargos realizados y cuestionó la desproporción de la multa. Y dado que a su juicio esto genera un precedente que no quisiera sea validado, se reservó el derecho de acudir al Poder Judicial para que no se materialice.
SEPA MÁS
Telefónica del Perú tendrá que esperar una evaluación del Osiptel sobre el cumplimiento de sus metas establecidas en el contrato de concesión para que se atienda su pedido de renovación por cinco años (entre el 2024 y el 2029). Sanciones como las del Trasu no le ayudan mucho.