Fijan plazo de entrega de boletín informativo sobre pensiones

Empresas otorgarán este documento a trabajadores, en un período de cinco días

Los empleadores tienen plazo de cinco días hábiles, siguientes al inicio de la relación laboral, para entregar el boletín informativo de los sistemas pensionarios vigentes a sus nuevos trabajadores no afiliados a ningún régimen previsional, a fin de que decidan libremente dicha incorporación. Su incumplimiento será considerado una infracción.
Así lo explicó el laboralista César Puntriano Rosas al analizar los efectos del DS Nº 009-2008-TR, el cual precisa aspectos de la obligación del empleador de entregar a los trabajadores no afiliados, que ingresen por primera vez a laborar, un boletín con información sobre los sistemas pensionarios vigentes.

La inobservancia de esa responsabilidad será considerada como una infracción leve en materia de relaciones laborales. “La multa aplicable por esta infracción oscilará entre 175 y 17,500 nuevos soles, dependiendo del número de trabajadores afectados”, explicó el experto, quien además es miembro del Estudio Muniz, Ramírez, Pérez-Taimán & Luna Victoria Abogados.

El trabajador, por su parte, tendrá un plazo de diez días, contados a partir de la entrega del boletín, para expresar su voluntad de afiliarse a uno u otro régimen, teniendo diez días adicionales para ratificar o cambiar su decisión. Vencido el plazo, sin que exista expresión de voluntad, el empleador deberá obligatoriamente afiliarlo al SPP.
Según la norma, si el empleador no respeta estos plazos incurrirá en infracción grave en materia de seguridad social pudiendo ser multado con entre 1,050 y 35,000 nuesosoles, de acuerdo al número de trabajadores afectados, anotó Puntriano Rosas.
El empleador podrá recibir una multa similar si el inspector detecta que su personal ha sido afiliado a alguno de los sistemas pensionarios, sin haberle entregado previamente el boletín.

Antecedentes
La Ley de libre desafiliación informada, pensiones mínimas y complementarias, y el régimen especial de jubilación anticipada, dispuso que el MTPE, en coordinación con la SBS y ONP aprobarían un Boletín Informativo sobre las características, diferencias y demás peculiaridades de los sistemas pensionarios vigentes, es decir, del SNP y SPP.

Dicho boletín fue aprobado por RM N° 226-2007-TR y se encuentra actualmente publicado en las páginas web del MTPE: (http://www.mintra.gob.pe); ONP (http://www.onp.gob.pe); y, SBS (http://www.sbs.gob.pe).

El Peruano.

Puntuación: 5.00 / Votos: 2

Comentarios

  1. ww escribió:

    We agreement an ample array of replica watches for auction for both
    appropriately males and girls and of any artist reproduction
    adore anytime afore exist.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *