La Sunat no podrá fiscalizar las ganancias en la bolsa

Los agentes de retención no tienen sistemas que les permitan cobrar

A partir del 1 de enero del 2009 habrá nuevas reglas tributarias para las rentas de capital. El cambio afecta principalmente a las ganancias en la Bolsa de Valores de Lima, plaza en la cual las negociaciones han estado (y estarán hasta fin de año) exoneradas del Impuesto a la Renta. El objetivo de esta exoneración ha sido promover el mercado de capitales en el Perú.

En el 2006, la Bolsa de Valores de Lima alcanzó la más alta rentabilidad entre las plazas bursátiles del mundo (200%) y el Gobierno anunció el fin de las exoneraciones. El 10 de marzo del 2007 emitió el Decreto Legislativo 972, en el cual se señala quiénes pagarán Impuesto a la Renta por sus ganancias en el mercado de valores y sobre qué porcentaje de esa ganancia tendrán que tributar.

Sin embargo, hay puntos que faltan aclarar en el reglamento, el cual, a un año y ocho meses de haberse emitido la ley, no ha sido publicado. “Poco después de salir el decreto, estuve en una reunión en México con especialistas en el tema y ellos comentaban que era muy bueno que el Perú diera la ley con dos años de anticipación a la vigencia del impuesto”, comenta Arturo Tuesta, socio de la práctica tributaria de Price Waterhouse: “Pero ahora faltan cuatro meses y no sabemos qué dirá el reglamento”.

Según Roberto Cores, tributarista especializado en temas financieros de Ernst & Young, la bolsa ya se habría visto afectada por esta falta de claridad respecto de las normas tributarias.

Uno de los puntos por aclarar es el que se refiere al valor de las acciones al 31 de diciembre del 2008. Según Cores, se ha dicho que las ganancias afectas al impuesto son las que se van a generar a partir del 1 de enero del 2009, pero no se ha aclarado cuál será el procedimiento para imputar el valor a las acciones.

Otra duda es la que se refiere a la condición de habitual o no de quien negocia. Sucede que el decreto fija una tasa de 5% para las rentas (o ganancias) de quienes no sean negociadores habituales y una tasa de 30% para quienes lo sean. ¿Cómo se define quién es y quién no es habitual? La ley señala que será no habitual quien no exceda las 10 adquisiciones y 10 enajenaciones (ventas).

Según Tuesta, ya se ha llegado a un consenso entre las autoridades y las instituciones privadas involucradas, según el cual no se considerará como una operación, por ejemplo, cada cobro de rentas que hagan los partícipes de los fondos mutuos. Sin embargo, no hay hasta ahora una norma que lo precise.

De otra parte, la ley distingue las tasas del Impuesto a la Renta entre residentes y no residentes. Según Cores, “en el caso de ganancias de capital obtenidas por sujetos no residentes en el Perú el Impuesto a la Renta se aplicará sobre el resultado neto, siempre y cuando se haya obtenido previamente una certificación del costo emitido por la Sunat”. Vale precisar que este es un documento que hoy emite la Sunat para las ventas de acciones fuera de bolsa, con un promedio de respuesta de 29 días.

“En caso de no contar con dicho documento, la retención se efectuará sobre el total del precio pagado por el comprador”, señala Cores. Si hablamos de las transacciones en la bolsa, las decisiones de compra y venta se toman en minutos. ¿Cómo se adecuará la Sunat a estos plazos? Es algo también por aclarar.

Las instituciones privadas que tendrán que implementar cambios en sus sistemas y hacer inversiones para ello serán las administradoras de fondos mutuos y las cámaras de valores y liquidación (como Cavali, que es la única del país). Si bien representantes de estas empresas han estado en permanente contacto con autoridades de la Sunat y del Ministerio de Economía, nadie aún puede estar seguro de las precisiones que traerá el reglamento o incluso una posible modificación al decreto legislativo.

CLAVES
Los agentes de retención
4 Tal como hicieron los bancos para la aplicación del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), los fondos mutuos y Cavali deberán hacer inversiones que les permitan cumplir con sus nuevas obligaciones, ya que han sido designados como agentes de retención.
4 Magaly Martínez, gerenta legal de Cavali, refiere que implementar y poner a punto un sistema de registro de las transacciones tomaría al menos 8 meses. Afirma que Cavali necesita conocer el reglamento antes de hacer la inversión.
4 Según Roberto Cores, de Ernst & Young, si no se aclaran las normas, el 1 de enero los contribuyentes deben empezar a declarar sus ganancias en la BVL. Sin embargo, la Sunat no podría fiscalizar inmediatamente.

El Comercio.

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