Equidad ante oferta de bienes y servicios

El Peruano, 8 de julio del 2008.

Mejoran condiciones de negociación en contratos por adhesión

Destacan avances de la legislación respecto a contratos de seguros

La Ley complementaria del sistema de protección al consumidor, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 1045, permitirá una mejor protección de los consumidores, mayores incentivos a los agentes económicos para cumplir con las normas y, en consecuencia, la reducción de los costos asociados a los conflictos vinculados con la defensa de estas prerrogativas asignadas a los usuarios en el país.
En efecto, la norma aprobada en el marco de las facultades legislativas para facilitar la implementación del TLC con Estados Unidos perfecciona los derechos de los consumidores sobre los métodos comerciales coercitivos, garantías de créditos de consumo, líneas de crédito, información sobre refinanciamiento y depósitos, entre otros.
Al respecto, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Jaime Delgado, dijo que la ley es un avance en la defensa del consumidor, especialmente en los contratos por adhesión. “Ahora, cuando el proveedor coloque una cláusula reservándose el derecho de modificar los términos del contrato, se tendrá como no puesta.”

Dicha norma, añadió, mejorará diversos contratos comerciales, entre ellos con las compañías de seguros, “pues éstas al renovar los contratos variaban las condiciones para excluir beneficios según aumentaba la edad de los asegurados, lo cual motivó quejas ante al Indecopi”.
Delgado destacó también las disposiciones sobre publicidad de alimentos o rotulado de productos. Así, todo alimento con que se hace una aclaración de propiedades nutricionales deberá ser rotulado con una declaración de nutrientes y de las cantidades de éstos que contiene el producto.

Reglas generales sobre contratos
En adelante, en las cláusulas generales de contratación y en los contratos por adhesión se tendrá por no puestas las cláusulas que, entre otros, tengan por objeto:
l Permitir al proveedor modificar unilateralmente las condiciones y términos del contrato en perjuicio del consumidor o sustraerse unilateralmente de sus obligaciones, sin contar con el consentimiento explícito e informado del consumidor.

l Establecer la prórroga del contrato, sin contar con el consentimiento explícito e informado del consumidor.

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Comentarios

  1. LUIS escribió:

    SEÑORES RECIBAN MI SALUDOS PERO A LA VEZ YO ME INSCRIBI AYER Y ME DICEN QUE OASADO DOS DIAS PIERDO LA SUSCRIPCION SI RECIEN ESTAMOS 20 A LA 12:45 PM?. PERO DESEO CONTINUAR CON ESTA SUSCRIPCION!!!
    ADIOS
    ROLANDO BRACAMONTE C
    PIURA

  2. Hogan escribió:

    Out of Taipei Train Sta, portare the40 minuto inter-city locomotive, sub-10 pochi minuti per mezzo di pullman a quella borgata, etichettato Jiufen. In anticipo di cameto Taiwan, la maggioranza di questo popolo collaboratori consigliabili elencati qui, mentre nella vista con manypeople, Jiufen è sicuramente Hou Hsiao-hsien, "inch Jiufen è sicuramente aCity di tristezza". Vagando per le strade in un pub di "Jiufen", purché la ricerca sia per gli aspetti di pressurizzazione uno roadsare popolata, un sacco di viaggiatori speciallycome elencati qui, comunque troppo grande in modo da poter besideways. Una ricerca che fornisce la migliore è sicuramente ricordi più vacanze nella zona di generi alimentari spuntino, theprice non sarà grande, comunque un sacco di molto simile, il fatto è, in parole povere, è sicuramente fornire un Jiufen memoryof, Madrid sembrava essere all’inizio il mio telefono verizon prepagata, in questo momento rovina, anche se la colorazione poco illuminata coperto non poteva cambiare. Anche se non vicino al mare, tuttavia leggermente più grande, dove yin yang è spesso più heldthe mai balneare un lungo cammino, molti dei un breve periodo, mentre nei dodici mesi sarà l’acqua enorme, isalways tempo sorprendenti, e forse l’ambiente reale ottenuto svilupparsi in congelamento.
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