LEY Nº 31964
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1496, DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA A NIVEL NACIONAL, A FIN DE AMPLIAR EL PLAZO DE ADECUACIÓN DE LOS DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS RESPECTO DE LA OBTENCIÓN DE GRADOS ACADÉMICOS
Artículo único. Modificación del artículo 4 del Decreto Legislativo 1496, Decreto Legislativo que establece disposiciones en materia de educación superior universitaria en el marco del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional
Se modifica el artículo 4 del Decreto Legislativo 1496, Decreto Legislativo que establece disposiciones en materia de educación superior universitaria en el marco del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, en los siguientes términos:
“Artículo 4.- Ampliación del plazo de adecuación para los docentes de las universidades públicas y privadas
4.1 Se amplía el plazo de adecuación a los requisitos de la Ley 30220, Ley Universitaria, para los docentes de las universidades públicas y privadas. Para tal fin, tienen como plazo definitivo el 30 de diciembre de 2025 para obtener sus grados académicos.
4.2 Esta norma es de carácter excepcional, por lo que, por única vez, se dispone que cada universidad exonere total o parcialmente a los graduandos de los correspondientes trámites administrativos y económicos”.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los quince días del mes de diciembre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2 enero, 2025 at 3:46 pm
Di mi ratificaciòn con R.R aprobada en agosto del 2024 pero en mi resolucion dice que me dan ese plazo . Si no la acabo la tesis saldria de la universidad .
9 enero, 2025 at 9:00 pm
Estimada Ana,
Gracias por tu consulta y por seguir nuestras publicaciones. Con relación a tu inquietud, te informo que el Decreto Legislativo N.° 1496, modificado por la Ley N.° 31964, dispone como plazo definitivo el 30 de diciembre de 2025 para que los docentes de universidades públicas y privadas obtengan sus grados académicos y cumplan así con los requisitos establecidos en la Ley Universitaria N.° 30220. Actualmente, este plazo es improrrogable.
Asimismo, la exposición de motivos del Decreto Legislativo N.° 1496 (página 27) establece que, una vez vencida la fecha mencionada, se considera factible la renuncia o la resolución de los contratos. Por lo tanto, de no cumplirse con la obtención de los grados académicos antes del 30 de diciembre de 2025, podría proceder la terminación del vínculo contractual, quedando únicamente la vía legal, de ser necesaria.
Tal como me comentaste, desde agosto del año pasado cuentas con la resolución rectoral que respalda tu proyecto, por lo que dispones de todo este 2025 para culminar tu tesis. Te animo a enfocarte con determinación y aprovechar cada oportunidad para avanzar; con disciplina, constancia y tu evidente pasión por el tema, lograrás obtener tu grado y continuar con éxito en tu carrera profesional. ¡Este es el momento de dar lo mejor de ti y alcanzar esa meta tan importante!
Por nuestra parte, seguiremos atentos a las actualizaciones normativas y te invitamos a continuar leyendo nuestras publicaciones, donde abordamos temas legales y educativos de interés general. No dudes en escribirnos nuevamente si necesitas más orientación.
¡Gracias por confiar en nuestro blog!
Atentamente,
Arturo Fernández Ventosilla