Disponen la actualización del capital social mínimo de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el año 2025
CIRCULAR Nº CS-42-2025
Lima, 21 de enero de 2025
CIRCULAR Nº CS – 42 – 2025
AS – 37 – 2025
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Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al año 2025
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Señor
Gerente General:
Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), esta Superintendencia dispone la actualización de los capitales mínimos de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el año 2025, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas, aprobado por Resolución SBS Nº 808-2019 y sus normas modificatorias, y asimismo, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, se dispone la publicación de la presente Circular.
A continuación se indica la información referida en el párrafo anterior:
ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS CORREDORAS DE SEGUROS Y AUXILIARES DE SEGUROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2025 (EN SOLES) |
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1. Empresas Corredoras de Seguros1 |
26 750 |
2. Empresas Auxiliares de Seguros 1 |
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2.1. Ajustadores de Siniestros |
26 750 |
2.2. Peritos de Seguros |
26 750 |
1 Capital social = 5 UIT, actualización sobre la base de la UIT para el año 2025: S/ 5 350 |
Atentamente,
SERGIO ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
2363982-1
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