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febrero 2022

La Resolución del Tribunal Fiscal (RTF) que acoge una queja contra la ejecución coactiva, levanta todas las medidas cautelares y ordena devolver lo retenido «causa estado», pues agota la vía administrativa; por ello sí puede impugnarse mediante demanda contencioso‑administrativa

La Corte Suprema clarifica que las resoluciones del Tribunal Fiscal que, al acoger una queja, ponen fin a la ejecución coactiva y ordenan devolver fondos son actos administrativos “que causan estado”. Al no existir vía administrativa adicional, pueden—y deben—ser impugnadas por la Administración o por los contribuyentes exclusivamente mediante la vía contencioso‑administrativa, asegurando así el pleno control jurisdiccional y la debida tutela de derechos.

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