En los últimos años, el crecimiento exponencial de las facultades de derecho en el país ha generado un aumento significativo en el número de abogados. Si bien esto podría interpretarse como un indicador positivo de acceso a la educación superior, también ha traído consigo problemas graves, especialmente en la calidad de los servicios legales que se ofrecen a las personas que necesitan apoyo para resolver sus conflictos.
Uno de los principales problemas es la falta de un tamiz adecuado para el ejercicio de la profesión. A diferencia de otras disciplinas, en las que existen requisitos estrictos para garantizar la idoneidad de los profesionales, el acceso al ejercicio de la abogacía en muchos casos no asegura que los egresados posean las competencias necesarias para abordar problemas complejos con rigor y eficacia.
Un ejemplo claro de las consecuencias de esta situación es el caso que se analiza en la presente resolución judicial. En este caso, el demandante celebró un contrato de transferencia de derechos y acciones respecto a una institución educativa privada. Posteriormente, representado por un abogado, presentó una demanda de obligación de hacer, mediante un proceso de ejecución, basada en esta minuta, pretendiendo que fuera considerada un título ejecutivo. Además, las pretensiones incluyeron aspectos incoherentes, como demandar al notario que había recibido la minuta por su supuesto incumplimiento. Entre las pretensiones planteadas por el demandante destacan las siguientes:
- Que la demandada cumpla con transferir formalmente los derechos, acciones y responsabilidades sobre la institución educativa a su nombre ante la SUNARP y la UGEL correspondiente.
- Que se deje sin efecto, libere y anule la minuta respectiva por causa sobreviniente a su celebración.
- Que se declare que la demandada actuó de mala fe al no cumplir con los trámites establecidos, afectando al demandante legal y emocionalmente.
- Que el notario que recibió la minuta sea considerado responsable por no haber concretado la transferencia.
El análisis del caso revela los siguientes errores:
- Desconocimiento de los títulos de ejecución: La minuta es un documento privado que no cumple con los requisitos de claridad, exigibilidad y formalidad establecidos en el artículo 688 del Código Procesal Civil para ser considerado un título ejecutivo. Este error básico denota una falta de comprensión de los principios fundamentales del proceso ejecutivo.
- Incongruencia en las pretensiones: Las pretensiones de la demanda son inconsistentes y exceden el ámbito del proceso ejecutivo. Entre ellas, se solicitó la declaración de nulidad de la minuta y la exigencia de trámites que claramente no son materia de un proceso de esta naturaleza. Estas imprecisiones no solo afectan la eficacia del proceso, sino que también perjudican al cliente, quien deposita su confianza en el profesional.
- Demanda contra el notario: La demanda incluyó como ejecutado al notario que recibió la minuta, pese a que su función se limita a la formalización de los actos jurídicos y no puede ser responsabilizado por el incumplimiento de las partes. Este error demuestra un desconocimiento de los roles y responsabilidades de los actores en el ámbito notarial.
- Falta de fundamento jurídico: La demanda carece de una fundamentación adecuada que sustente las pretensiones, lo que evidencia una falta de preparación técnica del abogado patrocinante.
Estos problemas no solo afectan el desarrollo adecuado de los procesos judiciales, sino que también generan desconfianza en el sistema legal y agravan la situación de los ciudadanos que buscan justicia. Es imprescindible que se adopten medidas para garantizar la calidad de los servicios legales, como la implementación de exámenes rigurosos de habilitación profesional y la fiscalización continua del ejercicio de la abogacía.
El compromiso con la capacitación constante y el estudio riguroso de la normativa son fundamentales para ofrecer un servicio que realmente contribuya a la resolución de conflictos y al fortalecimiento de la justicia en nuestro país.
#FormaciónLegal, #ÉticaProfesional, #CalidadEnElDerecho, #AccesoALaJusticia, #ResponsabilidadLegal, #EducaciónJurídica, #FuturoDeLaAbogacía, #EjercicioProfesional, #JusticiaEficiente
Deja un comentario