En el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre la competencia del Poder Judicial en el caso de la inhabilitación de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), se ha puesto de relieve un aspecto clave del proceso competencial. El TC determinó que el Poder Judicial tenía competencia para intervenir en el caso, lo que nos invita a revisar lo sucedido con las medidas cautelares que fueron emitidas en su momento.

Es importante señalar que la medida cautelar dispuesta por el TC no fue motivada por la protección de derechos fundamentales, sino por un argumento centrado en la defensa del principio de separación de poderes. El fallo del TC indicó que permitir a miembros inhabilitados por el Congreso continuar ejerciendo funciones en la JNJ podría suponer un grave atentado a este principio y a la correcta administración de justicia por parte del Estado.

El proceso competencial, como bien señala el fallo, no tiene como objetivo analizar vulneraciones concretas de derechos fundamentales, sino garantizar el diseño competencial establecido en la Constitución. En este caso, el TC consideró que intervenir en la medida cautelar del Poder Judicial era necesario para salvaguardar la separación de poderes y, con ello, evitar que un órgano inhabilitado afectara el funcionamiento del Estado.

Sin embargo, con la reciente decisión que reconoce la competencia del Poder Judicial en este caso, surge una importante interrogante: ¿Fue adecuada la intervención del TC al dejar sin efecto la medida cautelar del Poder Judicial? Ahora que se reconoce la competencia del Poder Judicial, podría interpretarse que la medida dictada por el TC no respetó plenamente el ámbito de actuación de este órgano judicial, lo que plantea un debate sobre el adecuado manejo de los límites competenciales entre poderes del Estado.

Este caso resalta la necesidad de manejar con mayor cautela los procesos competenciales, especialmente cuando las medidas cautelares pueden tener consecuencias inmediatas sobre el funcionamiento de las instituciones y la administración de justicia.

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