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Gestión Social Para el Crecimiento de las Empresas Mineras en el Perú

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El Perú es un país que se ha caracterizado por ser rico en minerales desde sus orígenes, y hoy en día gozamos de una normativa exhaustiva en minería y en medio ambiente, que hace que el inversionista minero pueda desarrollar sus operaciones respetando el medio ambiente y a las comunidades.

Sin embargo, los inversionistas mineros tienen que tomar en cuenta que existe hoy la preocupación por parte de las comunidades a que los recursos minerales se exploten no respetando el medio ambiente. Por ello,  los recursos naturales deben ser explotados de manera responsable, y así lograr que se conviertan en activos sostenibles.

Asimismo,  es crucial que las empresas mineras  realicen continuos diálogos con las comunidades,  saber cuáles son sus necesidades, conocer más su forma de vida, por ello las empresas mineras deben de tener un involucramiento permanente con sus comunidades para que se logre trabajar en armonía.

Finalmente,  las empresa mineras en el Perú deben tomar como base los lineamientos del modelo de relaciones comunitarias de la Corporación Financiera Internacional (IFC) para lograr buenas relaciones con las comunidades y trabajar en un ambiente armonioso, como es por ejemplo participar a la comunidad de lo que se va hacer desde un inicio en las operaciones, monitorear conjuntamente los impactos de sus operaciones, saber las necesidades de la población, entre otros; y de esa manera se ayudará a reducir la pobreza como a  mejorar la calidad de vida de la población. Y se contribuirá a prevenir conflictos sociales en el sector; y a disminuir los existentes.   Esto ayudará  a que las inversiones mineras sigan creciendo y se generen  grandes aportes económicos para el Perú.

“La Licencia Social Como Pilar Para el Crecimiento de las Inversiones Mineras en el Perú”

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Para obtener la licencia social y lograr operar en la minería peruana, se necesita de un conjunto de acciones y continuos diálogos por parte de los inversionistas,  ya que el no obtenerla puede llegar afectar seriamente el crecimiento de las inversiones mineras, como ha estado sucediendo últimamente con grandes proyectos mineros, que por falta de buenas relaciones comunitarias y entendimiento, esos proyectos mineros han quedado estancados. En este orden de ideas, existe el desafío tanto para el Estado y para las empresas mineras en lograr la licencia social; por ello es importante contar con un modelo de requisitos mínimos que permita tener buenas relaciones entre las empresas mineras y sus comunidades.

Por otro lado, opinamos que el gobierno no ha trabajado lo suficiente, ni ha tomado acciones eficientes para regular la importancia de establecer diálogos y lograr acuerdos con las comunidades donde se encuentran las operaciones mineras, dado que las comunidades no se han sentido involucradas o peor de los casos han sentido que sus derechos han sido vulnerados. Como resultado de ello es que se han generado diversos conflictos sociales en torno a la actividad minera, y que en la actualidad muchos de ellos el Estado no ha llegado a frenarlos por su falta de involucramiento inicial en las relaciones entre el inversionista minero y la comunidad. Además para que un proyecto minero sea viable se necesita no sólo el involucramiento de la empresa en el desarrollo sostenible de las comunidades, sino también de parte del Gobierno.

 En este orden de ideas, las empresa mineras en el Perú deben tomar como base los lineamientos del modelo de relaciones comunitarias de la Corporación Financiera Internacional (IFC) para lograr buenas relaciones con las comunidades y trabajar en un ambiente armonioso, como es por ejemplo participar a la comunidad de lo que se va hacer desde un inicio en las operaciones, monitorear conjuntamente los impactos de sus operaciones, saber las necesidades de la población, entre otros; y de esa manera se ayudará a reducir la pobreza como a mejorar la calidad de vida de la población. También se contribuirá a prevenir conflictos sociales en el sector, así como disminuir los existentes.   Esto ayudará además a que las inversiones mineras sigan creciendo; y generar grandes aportes económicos para el Perú.

 

Minería Socialmente Responsable Con Sus Comunidades.

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El tema de Responsabilidad Social en el Perú es relativamente nuevo, es una herramienta de gestión, que eleva la competitividad, cuida al medio ambiente, y se preocupa por las expectativas de los grupos de interés, tales como son uno de ellos la comunidad. Hoy en día, es necesario que las empresas mineras exploten sosteniblemente para que cuiden el medio ambiente, involucren las emociones de las comunidades, eviten conflictos sociales; y logren tener una muy buena reputaciòn en los mercados donde se desarrollan.

No hay duda que el Perú tiene una riqueza mineral extraordinaria, sin embrago algunos proyectos de inversión minera pueden enfrentar riesgos sociales como la necesidad de lograr el respaldo del entorno social, y de que las comunidades más cercanas de la ciudad no actúen con violencia ante el conflicto de intereses; siendo necesario que las empresas mineras empleen mucho diàlogo para establecer una relación pacifica con aquellas comunidades donde se encuentran las concesiones mineras. Así tenemos ejemplos de no haber empleado con sus comunidades buenos diálogos el caso de Tambogrande, la minera tintaya y zanja, así como lo ocurrido en el Cerro Quilish.

Otro factor importante es que muchas comunidades se preocupan que la explotación de los recursos minerales pueda afectar con sus estilos de vida, sus costumbres hasta con sus propiedades. Actualmente el Perú pose un gran nivel de inversión, sin embargo hay un cierto descontento en las comunidades cercanas a la extracción de los recursos minerales; por lo que se llega a producir el conflicto social entre los inversionistas mineros y algunos sectores de la población.

Asimismo, debe agregarse un factor de alta importancia y es que muchas comunidades no se sienten involucradas con las empresas mineras, dado que muchas sienten que no son escuchadas sus preocupaciones o sus reclamos; y es que para hablar de una actividad minera responsable hay que entender la RSE como un relacionamiento positivo de la empresa minera frente a la sociedad. En este sentido, la empresa asume este rol como parte de su cultura y organización aplicando un estilo de gestión con criterios que fortalecen su potencial de colaboración con la sociedad y generan algún tipo de mejora en el bienestar por las personas. Asimismo, la responsabilidad social busca ganar renta pero con la sostenibilidad del negocio a largo plazo; como lo ha sido el caso de algunas empresas mineras. El compromiso social de debe abarca tanto a los empleados que integran la compañía, como a la comunidad de la que forma parte.

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LA MINERÍA AYUDA AL PAÍS?

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La Minería en el Perú ha ocupado desde la historia un lugar muy importante en muchos aspectos de la vida nacional. Sin embargo de los mayores aportes que ha hecho la minería ha sido la descentralización, a diferencia de otra actividad económica como la pesca por ejemplo.

Casi todos los yacimientos mineros se encuentran en los lugares más inhóspitos de nuestro país, motivando que el empresario o concesionario minero tenga que realizar muchas labores de infraestructura, tales como carreteras, puentes, puertos entre otros. Beneficiando a las poblaciones donde se encuentran los yacimientos mineros, dado que muchas veces en esos lugares se carece de este tipo de servicios.

En este orden de ideas, las poblaciones mas cercanas se ven beneficiadas al tener muchas mas facilidades con las que no contaban antes, y por otro lado por que la minería representa una oportunidad para el país, que no existiría con otro sector económico, al brindar empleo directo e indirecto beneficiando y generando polos de desarrollo muchas veces olvidadas por otros sectores económicos. Siendo por lo tanto un gran agente de desarrollo y progreso para esas poblaciones.

Pero aún más las poblaciones se están viendo más beneficiadas por el efecto de la minería, ya que en la legislación actual existen dos tributos que van en beneficio de los gobiernos locales, estos son: el Derecho de Vigencia y el Canon, y que a la vez ayudan a dotar a las poblaciones más cercanas de necesidades como es por ejemplo una muy buena educación.

MINERIA

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LOS DISTINTOS SISTEMAS QUE DETERMINAN EL DOMINIO MINERO

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Los sistemas aplicables para la regulación del dominio minero nos conducen a fijar el dominio de las minas, en tanto recurso natural, dado que ellas giran alrededor de la propiedad minera y nos permiten esclarecer situaciones conflictivas. A su vez, permite definir el régimen de la concesión existente en cada caso concreto dada la naturaleza de la titularidad de las minas. La manera como se resuelven los conflictos depende entonces del régimen existente en un ordenamiento jurídico determinado.

Los sistemas más conocidos en el derecho minero son: el sistema de accesión, el sistema de ocupación, el sistema regalista, el sistema res nullius y el sistema de libertad de minas. Es de particular importancia determinar las diferencias entre ellos; a fin de determinar posteriormente las características que posee la concesión minera en cada sistema en concreto, como veremos en un artículo posterior.

Sistema de accesión o fundiario

Mediante este sistema se considera a la mina como accesorio del dominio del suelo superficial, por lo que el dominio de las minas radica en el titular o propietario del suelo, considerando que lo accesorio sigue la suerte o condición del principal; resultando el propietario del suelo el mismo del subsuelo. En este sentido, no existe propiamente derecho de propiedad sobre las minas, en virtud que estas resultan comprendidas dentro de la propiedad del suelo superficial .

De lo anteriormente dicho, podemos observar que el sistema de accesión no se adopta normalmente en las legislaciones vigentes y que únicamente se aplica en Inglaterra y en otros países pertenecientes al Common Law . La legislación peruana por ejemplo no adopta este sistema, porque trae dificultad para el desarrollo de la industria minera, dado que no hace posible que se abra paso a toda iniciativa privada para la búsqueda de sustancias mineras, al confundirse la concesión minera con la propiedad del predio que la contiene.

Sistema de ocupación:

Este sistema se basa en que se entrega el dominio de las minas al que las descubre y trabaja, con el fin de fundamentar el justo otorgamiento de la propiedad minera a aquel que descubre el yacimiento y luego realiza actividad minera con el trabajo . Ello no implica entonces el establecimiento de concesión minera alguna ni transferencia de propiedad por parte del Estado. Las minas son entonces bienes que no pertenecen a nadie.

En la actualidad no ha sido adoptado este sistema por ninguna las legislaciones mineras del mundo, salvo en casos extraordinarios debido a las sustancias denunciadas que no figuran dentro de las disposiciones que regulan las concesiones mineras en cada caso concreto.

Sistema regalista:

Este sistema refiere el dominio de las minas como bienes de propiedad exclusiva del estado; y que podrá otorgar a los particulares disponiendo de ella a su arbitrio, mediante el pago respectivo de los productos que genere la mina.
En su carácter de titular del derecho de dominio sobre las minas, el Estado puede usar, gozar y disponer de ellas con entera libertad y así podrá venderlas, permutarlas, arrendarlas, concederlas, o explotarlas por su cuenta y riesgo.

En este sistema es el Estado el que mantiene el derecho exclusivo para conceder el goce y disfrute del suelo, y el que a la vez tiene todo el derecho de poder celebrar cualquier contrato sobre la explotación de las minas; ya sea uno de enajenación o de arrendamiento, razón por la cual dicho derecho es susceptible de ser transferido. Además, el estado puede hacer uso del mecanismo de control y fiscalización mediante sus organismos administrativos, legales y técnicos. En consecuencia, el mecanismo a emplear no es la concesión, sino la transferencia de propiedad, cuando el sistema lo permite, o simplemente la explotación por encargo, a través de un contrato de derecho público.

Sistema de res nullios:

Este sistema considera a las minas como cosas de nadie. El dominio de las minas no corresponde al propietario de los suelos como si sucede con el sistema de accesión. En consecuencia este sistema no entrega estrictamente la propiedad de las minas al estado ni a los particulares, pero vemos que es el estado que adjudicará o otorgará el yacimiento minero a favor de quien ofrezca mayores garantías y a la vez una situación económicamente viable que permita su explotación.

Es por ello que, en este sistema, el rol del estado es principalmente de hacer que la explotación del yacimiento minero sea tal que beneficie a la actividad económica de la industria minera en el país. A diferencia del sistema de ocupación, este régimen requiere un procedimiento para otorgar el yacimiento, mientras que aquel implica únicamente el reconocimiento por parte del Estado de la propiedad sobre el mismo.

Es en Francia, Portugal, Chile, México y Bélgica, que han adoptado este sistema, limitándose a determinadas sustancias que se consideran taxativamente como minerales . Es necesario señalar que en la actualidad este sistema no ofrece seguridad jurídica por lo que esta supeditada a contingencias al entregar al estado, a aquel que ofrezca grandes garantías para la explotación sin tomar en cuenta a quien tenga mayores derechos. No permite en consecuencia corregir los posibles conflictos de propiedad respecto a la propiedad del predio superficial.

Sistema de dominio del estado o dominialista:

Este sistema considera que es el estado el titular de las minas que se encuentran en el suelo y en el subsuelo, ejerciendo su soberanía sin que signifique propiamente un derecho patrimonial. El sistema de dominio del Estado – antiguamente denominado de libertad de minas – es aquel que atribuye el dominio originario de las minas al Estado, con lo cual participa de las características del sistema regalista, pero a diferencia de éste, el dominio del Estado no es un dominio completo, sino un dominio eminente, virtual o también llamado radical, es decir, una emanación de la soberanía, careciendo el Estado de las facultades de usar y gozar de las minas de manera directa.

Por ello el estado tiene toda la facultad de entregar las minas y los minerales que se encuentra en su interior en propiedad a los particulares para su explotación, exploración y beneficio, con todos los atributos del derecho de propiedad en su favor, sin que la propiedad pertenezca o haya pertenecido inicialmente al Estado, a través de la concesión minera.

La semejanza de este sistema con el sistema regalista es que el Estado posee en ambos casos el dominio sobre las minas, siendo más bien la diferencia entre dichos regímenes que el sistema dominialista se caracteriza porque el dominio es sólo una expresión de soberanía que consiste en los poderes públicos y que el estado no tiene más atributos que el conceder la mina a los particulares – o a entidades del propio estado, como a las empresas públicas – para que ellos dispongan de ella. En cambio, en el sistema regalista, el derecho que tiene el estado sobre las minas es uno de dominio patrimonial, de derecho real, es el propietario exclusivo de las minas y tiene incluso la facultad de explotarlas por sí mismo, sin que exista ningún permiso o concesión previa.

Se define finalmente al sistema dominialista de minas como el régimen que atribuye al estado el dominio de todas las minas, pero sin más atributos que el de entregar a los particulares para que ellos dispongan como dueños, bajo las condiciones establecidas por ley. En este orden de ideas, por su naturaleza intermedia este sistema se muestra como aquel que permitiría un ejercicio más adecuado de los derechos que confiere la concesión minera y por ello es el más difundido en el derecho comparado.
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