017-2011/DTN

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En la opinión de la referencia la Dirección Técnico Normativa del OSCE con fecha 08 de Febrero de 2011 consideró lo siguiente con relación al Concurso oferta que ;
– En el ámbito de la normativa de contrataciones del Estado, el concurso oferta es la modalidad de ejecución contractual en la cual el postor no solo deberá ofertar la elaboración del expediente técnico, sino también la ejecución de la obra y, de ser el caso, brindar el terreno.

– Para contratar una obra bajo la modalidad de concurso oferta es necesario que se verifiquen las siguientes condiciones: (i) que el objeto contractual corresponda a la ejecución de una obra; (ii) que el sistema de contratación sea a suma alzada; y (iii) que el valor referencial corresponda al de una licitación pública.

– De acuerdo con el numeral 2) del artículo 41º del Reglamento, para el inicio de la ejecución de la obra es requisito que el expediente técnico haya sido elaborado y aprobado en su integridad.

– La aplicación supletoria de una de las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado a alguna de las disposiciones del Decreto de Urgencia Nº 032-2009, presupone realizar un análisis comparativo de ambas disposiciones, a efectos de determinar si resultan compatibles.

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