RESOLUCIÓN N.° 1380-2011-TC-S3

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Con fecha 17 de agosto de 2011 el Tribunal de Contrataciones del Estado declaró que “(…) tiene la facultad, en los casos que conozca, de declarar nulos los actos expedidos, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable (…)”.

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