RESOLUCIÓN N.° 1351-2011-TC-S2

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Con fecha 9 de Agosto de 2011 el Tribunal de Contrataciones del Estado declaró “No ha lugar a la imposición de sanción contra el Postor por no haber suscrito injustificadamente el contrato, ya que la Entidad no ha seguido el procedimiento previo para dicha suscripción”.

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