047-2011/DTN

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En la opinión de la referencia la Dirección Técnico Normativa del OSCE con fecha 04 de mayo de 2011 consideró lo siguiente con relación a la Selección por encargo.- Conforme a lo expuesto, el encargo al que se refiere el artículo 6º de la Ley es aquel que tiene por objeto el desarrollo del proceso de selección mediante el cual se determinará al proveedor que celebrará contrato con la Entidad encargante, para abastecerla de los bienes, servicios u obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Por tanto, esta figura constituye una herramienta que, siempre que se verifiquen razones económicas o de especialidad del objeto de la convocatoria, las Entidades podrán utilizar para satisfacer de forma adecuada y oportuna sus necesidades de abastecimiento

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