043-2011/DTN

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En la opinión de la referencia la Dirección Técnico Normativa del OSCE con fecha 04 de mayo de 2011 consideró lo siguiente con relación a la exoneración y nulidad de procesos de selección.-

– Aunque las exoneraciones no sean en estricto un proceso de selección, le son aplicables muchas de las reglas de las contrataciones que sí han surgido de un proceso de selección, específicamente, las normas referidas a las actos preparatorios y a los contratos.

– Este Organismo Supervisor absuelve consultas de carácter general sobre la normativa de contrataciones del Estado, por lo que, en vía de consulta, no puede pronunciarse sobre casos específicos.

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