De conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros.

Asimismo, la referida Norma XV dispone que el valor de la UIT será determinado mediante Decreto Supremo considerando los supuestos macroeconómicos.
En este contexto, con fecha 11 de diciembre de 2010 se ha publicado el Decreto Supremo Nº 252-2010-EF que aprueba el valor de la UIT para el año 2011 en Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles (S/.3 600,00).
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