Al comunicado se agregan además, las fotos del abogado José Antonio Sánchez Romero exhibiendo orgulloso una copia de dicha denuncia, como si ello fuera parte de su trabajo, aunque por la coyuntura parece ser la moda de los Procuradores, quienes salen a exhibir los cargos de sus denuncias con el fin de que ciertos sectores los aplaudan.
He revisado también la plataforma de lucha de los profesores (al margen de su grupo político o facción) y he defendido muchísimas veces sus derechos ante instancias administrativas y judiciales, y no creo que deban ser tildados de modo alguno por el solo y simple hecho de reclamar algo que por derecho les corresponde, para ello es necesario especificar que los derechos cuyo pago efectivo reclaman principalmente están prescritos, a nivel legal, del modo siguiente:
1. Beneficios por cumplir 20, 25 y 30 años de servicios al Estado, en el Ley N° 24029 – Ley del Profesorado vigente desde diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro con modificatorias posteriores.
2. Pago de subsidios por luto y gastos de sepelio en el Ley N° 24029 – Ley del Profesorado vigente desde diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro con modificatorias posteriores.
3. Bonificación por preparación de clases y ejercicio de cargos directivos y elaboración de instrumentos de gestión, contenido en la Ley N° 24029 – Ley del Profesorado vigente desde diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro con modificatorias posteriores.
A pesar de que estos derechos están -claramente- declarados para su otorgamiento y deberían ser cumplidos de manera irrestricta en el momento oportuno, desde hace más de 20 años el Estado se hizo y se ha hecho el de la vista gorda evitando el pago de los mismos, por algo que creo yo, está vinculado a la ausencia de una verdadera voluntad política a favor del magisterio peruano.
De acuerdo a lo antedicho, estos derechos deberían pagarse directamente por el solo efecto de que el profesor adscrito al régimen de la Ley del Profesorado cumpla con las condiciones para ello, sin embargo, a nivel nacional se ha hecho una costumbre, que sea el docente quien requiera administrativamente el pago, petición que una vez rechazada en todas las instancias administrativas del sector, obliga al docente a llevar el caso a una instancia judicial a través de un proceso contencioso administrativo, con el fin de que el Poder Judicial sea el que disponga el pago de un derecho que debería pagarse automáticamente, vaya paradoja.
En ese ínterin el profesor perdió probablemente un par de años o más, invirtió tiempo y dinero en los procedimientos administrativos y en los procesos judiciales (porque hay que tramitar y demandar procesos individuales para el pago de cada uno de esos derechos), y no gozó de su derecho oportunamente, si es que se le pagó, ya que en la mayoría de los casos a pesar de que se cuentan con sentencias y requerimientos judiciales expresos, inclusive con apercibimientos judiciales de acuerdo al mecanismo de pago prescrito en el TUO de la Ley N° 27584, las UGEL –como unidades ejecutoras- no han podido hacer efectivo el mismo por falta de presupuesto para ese fin ¿Acaso ello no es indignante?.
En parangón a lo indicado, la consecución de un derecho en el sector privado generaría mediante ejecución forzosa el logro del derecho a favor del trabajador demandante y la empresa privada tendría que pagar sin excusa alguna el adeudo laboral, corriendo el riesgo de perder, inclusive, sus activos fijos; sin embargo, en el caso de los profesores, basta para el Estado, no dialogar, cerrar las posibilidades de pago y argumentar que no cuenta con presupuesto para el cumplimiento de dichas obligaciones, sin mayor explicación.
Ello es evidentemente indignante, ya que ningún peruano, y menos los profesores, desearía contar con una linda sentencia para colocarla enmarcada en el ingreso de su casa o en su sala de estar, dado que la necesidad real importa que el pago se haga efectivo como ejercicio pleno de su derecho.
Hasta este punto se habrá notado que ello ni siquiera supone un aumento de sueldo, sino, única y exclusivamente el pago de adeudos laborales ganados en el tiempo y en expreso cumplimiento de lo que la norma estipula, es por tal motivo, que genera repulsión el hecho de ver a Ministros y demás funcionarios del sector educación, salir a precisar que los profesores están vinculados a grupos violentistas y terroristas, o que están reclamando algo que no les corresponde real y legalmente. Esa estrategia del Gobierno de turno si es insultante, en la medida de que debemos entender que, para que un peruano haga efectivo sus derechos, debe litigar con el propio Estado que los otorgó y enfrentársele con el rostro en alto por dignidad ¿Acaso ello es ser violentista? Salvo que la reclamación de un derecho reconocido dentro del marco constitucional constituya, hoy en día, un acto de violencia, en ese caso tendríamos que repensar nuestra democracia y los elementos que la componen, especialmente la vigencia del Estado de Derecho, bastante subrayado en la Hoja de Ruta del actual Presidente de la República.
No se venga a argumentar que no se cuenta con presupuesto y manifestar por otro lado que el Perú crece de manera sostenida y que contamos con grandes reservas, no se venga a requerir previamente el uso de las vías regulares, ya que en estos casos, ello se hizo hasta por demás no quedando mayor alternativa, finalmente, no se venga a tildar de violentista ni terrorista a nadie, pues, el reclamo de un justo derecho, reconocido innecesariamente a nivel judicial, no puede generar sino indignación y luchas para su logro efectivo.
Es fácil precisar que se abrió una posibilidad de diálogo, a modo de paseo, empero sin mayor disponibilidad de solución real, o denegar el acceso al diálogo a grupos nuevos que no están vinculados a la representación nacional del SUTEP maniatada por la supuesta gestión irregular de los cuantiosos ingresos de la Derrama Magisterial y por algunos cuantiosos beneficios con que solo cuentan los altos –supuestos- dirigentes legitimados.
Simplemente, se están reclamando derechos ganados, cuyo cumplimiento no debe significar la ejecución de actos violentistas y la desinformación del gobierno hacia la sociedad pretendiendo contraponer los intereses de las justas reclamaciones de los profesores contra padres de familia y demás miembros de la comunidad educativa cuestionando comportamientos individuales de algunos malos elementos para desprestigiar a todo un ente, como si en todos los ámbitos no existiesen buenos y malos elementos; una buena solución pasaría por empezar a pagar estos adeudos de manera progresiva tal y como sucedió en el caso del D.U. N° 037-94, mientras tanto, solo quedará aplaudir a quienes como los profesores reclaman sus justos derechos, aunque la moda política dicte contra ellos adjetivos como el de terroristas.
26 septiembre, 2012 at 2:05 am
Reciba mis saludos cordiales,por favor deseo que me vislumbre sobre el caso de aprovarse el proyecto de la ley docente es posible que a los que estamos nombrados en la ley 24029 se nos ubique en esta nueva ley sin la decision de uno de ingresar a ella….. de antemano muchas gracias por su respuesta….