En los últimos días, Nakazaki, abogado de Karelim López, ha brindado -extrañas- declaraciones respecto de hechos que comentaré en adelante, aunque adelanto que voy a obviar sus incongruencias y afirmaciones luego desmentidas.
Parece que Nakazaki no está actuando como abogado solamente, lo hace más bien como operador político -creo yo- sin considerar que su credibilidad política -no la judicial, que puede ser buena y convincente para muchos casos dadas sus cualidades- está bastante desgastada por sus defensas a lo largo del tiempo. Uno como abogado puede defender a quien quiera, claro está, pero, luego debe asumir las consecuencias de su credibilidad en otros ámbitos, que -obviamente- no se reducen al estrado judicial, tal parece que hoy quiere fungir de defensor de la Nación y eso como que no le queda.
En el caso que involucra al Presidente Castillo, no sé si para dejar de lado los tecnicismos, no diferencia -voluntariamente- la declaración (confesión) de la comisión de un delito como parte del proceso de colaboración eficaz, de un testimonio directo y tampoco de un testimonio indirecto o de referencia, pues, salvo por la cantidad de hechos o circunstancias, no se puede jugar todos los roles en un solo proceso, menos para obtener beneficios a lo largo del mismo, la tan ansiada libertad.
Afirma que su cliente, Karelim López, solo ha reconocido hechos por la comisión del delito de lavado de activos -incluso refiere que ello todavía debe pasar por un tamiz de tipicidad-, por haber recibido dinero de la obtención de una buena pro (obra) que debió presumir que se obtuvo de manera ilícita, esto en un escenario en el que no afirma clara y concretamente en qué consistió el delito previo, más allá que esto no deba ser probado plenamente, para esto cita licitaciones o procesos de contratación, presuntos ganadores en orden de prelación e información digital no peritada cuya autoría se desconoce, tanto más que afirma que el USB presentado fue “sustraído” por ella -su patrocinada- a un tercero. Información que no se vincula al Presidente directamente, más allá de lo que ya es público, ni siquiera se cita a los consorciados chinos, de los que curiosamente no se ha dicho “nada” hasta el día hoy, pues, solo se ha apuntado a los más débiles, los connacionales a los que se imputa la falta de experiencia o capacidad para contratar con el Estado, lo que no significa gran cosa, ya que ellos podrían aportar poco o nada, y ello no sería ilícito automáticamente según los mecanismos de contratación en las leyes vigentes.
Creo que Nakazaki busca presionar públicamente al Ministerio Público, por ello involucra a varios de su actores, para confrontarlo con la opinión pública, lo he escuchado pidiendo -casi a gritos- que se detenga a los involucrados y que se les presione -como en otros de sus casos en lo que el Ministerio público ha sido más diligente- para que algunos otros, además de López, se conviertan en testigos protegidos o colaboradores eficaces que den pie o sustento a su hipótesis, una suerte de generación de perjuicio a otros para salvar a su cliente, sin duda una forma peculiar y distinta de actuar en el litigio, pero no necesariamente adecuada, pues, sin que sea necesario formular una falacia ad hominem en su nombre, su credibilidad política la ha forjado él y nadie más, razón por la que ha recibido respuestas del Ministerio Público, que parten justamente de su credibilidad para imputar inconductas a los fiscales coordinadores del caso.
Lo que se tiene, desde mi perspectiva, es un caso concreto, que merece ser investigado y no politizado, aunque luego sirva para juicios políticos, en el que seguramente la Contraloría y peritos expertos en contratación pública podrían determinar como delito previo, sin en el ámbito de las licitaciones de las obras involucradas, se dirigió las contrataciones a determinados postores para beneficiarlos a ellos o eventualmente a quienes participaron como sus gestores, solo así se podría saber si los consorcios entre peruanos y chinos se hicieron de licitaciones ilícitas, recién a partir de eso, se podría construir la hipótesis sobre eventuales delitos de tráfico de influencias, cohecho, colusión, negociación incompatible y lavado de activos en las que pudo tener participación el Presidente y para esto se necesitan, por ejemplo, testigos.
Está claro que políticamente esto apunta al Presidente, en principio, por su propia responsabilidad y falta de transparencia, y luego, en el caso en concreto, lo que se plantea es algo mas que una estrategia de defensa, es un fin político, de otro modo no se explica que en la entrevista con Rosa María Palacios, Nakazaki haya cuestionado el uso del derecho al silencio de los demás coimputados, y que para romperlo, precisamente se invite o incite al uso de técnicas de investigación que él mismo ha cuestionado en estrados judiciales en defensa de sus otros patrocinados en otros casos emblemáticos.
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