Considerando que el derecho –así llamamos a la bonificación para este post- será otorgado a los docentes de acuerdo a lo precisado en el post anterior, corresponde ahora señalar el camino para ello, por tanto, de manera didáctica dividiremos el presente en los ítems siguientes:
Paso 1:
– La presentación de la petición administrativa a la Entidad.- Con este paso se inicia el procedimiento administrativo a efecto de que la UGEL del ámbito en el que labora el docente cumpla con lo establecido legalmente, para tal efecto bastará con la presentación de una petición escrita en la que se solicité el cumplimiento del pago efectivo más los montos no pagados –devengados- y los intereses correspondientes. Este documento servirá como antecedente administrativo y prueba en el proceso contencioso administrativo que luego deberá iniciarse.
Paso 2:
– El proceso judicial.- Una vez que se cuenta con el cargo de la petición citada anteriormente, el docente –como titular de la acción- se encuentra habilitado para presentar la demanda contenciosa administrativa correspondiente a efecto de que sea un Juez competente el que disponga el cumplimiento a la Entidad. En este caso, consideramos que no es necesario el agotamiento de la vía administrativa toda vez que el TUO de la Ley Nº 27584 – Ley del Proceso Contencioso Administrativo, precisa esta figura como una excepción al agotamiento de la vía administrativa (artículo 21. 2), por tanto, aunque la Entidad comunique alguna respuesta –acto administrativo- el docente no está obligado a impugnarla [necesariamente].
– Algunas características elementales del proceso judicial serán las siguientes:
o Presentación de la demanda.- Esta podrá ser presentada luego de 15 días hábiles de presentada la petición administrativa a la Entidad, dado que no es necesario el agotamiento de la vía administrativa.
o Calificación de la demanda.- El Juzgado Contencioso Administrativo o Mixto de ser el caso, calificará la demanda y la admitirá a trámite en el plazo de 5 días hábiles –que en el uso común pueden ser más-. La demanda será admitida en la vía del proceso especial.
o Contestación de la demanda.- Una vez notificada la Entidad (Llámese UGEL, DRE y con citación del Procurador Público del Gobierno Regional de acuerdo a su legitimidad para obrar pasiva), estos tendrán el plazo de 10 días hábiles para contestarla con los argumentos que consideren convenientes. Además de lo antes indicado, por mandato legal, deberán remitir al Juzgado los antecedentes administrativos sobre la petición (expediente administrativo).
o Saneamiento del proceso.- Una vez contestada la demanda el actor –docente- podrá solicitar se dicte el auto de saneamiento en el que adicionalmente se admitirán y actuarán los medios probatorios, disponiéndose que el proceso sea remitido al Ministerio Público a efecto de que emita el dictamen correspondiente. No existirá una audiencia, ya que por lo general los medios probatorios se reducen a la actuación de instrumentos documentales que no requieren la presencia de las partes en el Juzgado.
o Sentencia.- Una vez emitido el dictamen fiscal, las partes podrán presentar los informes correspondientes y solicitar la emisión de la sentencia, que de acuerdo a los criterios expresados anteriormente deberá atender favorablemente la pretensión del demandante –docente-. Esta resolución podrá ser impugnada y obviamente seguirá el decurso correspondiente, sin embargo, consideramos que la Sala Revisora competente deberá confirmar la sentencia de primera instancia.
Paso 3:
– Reconocimiento del crédito devengado.- Una consentida o ejecutoriada la sentencia, se deberá requerir el reconocimiento y el pago a la Entidad a través del Juzgado, a efecto de que el derecho sea pagado en adelante y asimismo se reconozca el monto del crédito devengado más los intereses correspondientes con la precisión de su forma de pago.
Apuntes adicionales.- Si bien el procedimiento se torna aparentemente sencillo se deberá tener en cuenta lo siguiente:
– Los plazos judiciales casi nunca son cumplidos por los Órganos Jurisdiccionales, por lo que, un proceso de esta naturaleza podría tardar entre 6 meses y 1 año, con la asesoría correspondiente de un abogado.
– El pago de tasas judiciales y cédulas de notificación puede ser omitido, de acuerdo al criterio del Juzgado cursor por la naturaleza de la pretensión.
– A la fecha existen sentencias del Tribunal Constitucional y sobre todo del Poder Judicial (Salas Superiores) que amparan el derecho a favor de los docentes.
2 noviembre, 2010 at 3:51 pm
Por favor dejenos su correo para poder conversar sobre este y solicitar sus servicios. Somos profesores de Lima Ugel 02, sería posible que nos asesore sobre este tema de la bonificación por preparación de clase…. Gracias por su repuesta
3 noviembre, 2010 at 9:28 am
El número de móvil es 984728822. Saludos.
11 noviembre, 2010 at 4:19 pm
AMIGO PATRICK
LE AGRADEZCO ESTE GRAN APORTE
SERÍA TAN AMABLE DE PROPORCIONARNOS LOS NÚMEROS DE LOS EXPEDIENTES DE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
DISCULPA LA MOLESTIA
GRACIAS
12 noviembre, 2010 at 3:14 pm
Quisiera saber si existe alguna sentencia judicial favorable a un docente en la Sede de Lima?
16 febrero, 2011 at 7:11 pm
Deseo consultar lo siguiente, yo hice los trámites en la UGEL 1, ellos emitieron una resolución, luego se apeló, la presentación de esa documentación se hizo en grupo por un abogado que al parecer sobrepasó el límite permitido (15 días), por lo cual a tres compañeras nos ha llegado una Resolucion emitida por la Primera Sala del Tribunal del Servicio Civil, declarándola improcedente por presentarla fuera de fecha. Desearía que me orienten ¿qué debemos hacer ahora? ¿iniciamos nuevamente los trámites?. Espero respuesta, por la cual quedaré muy agradecida.
20 abril, 2011 at 7:51 pm
Mi consulta es la siguiente: La Bonificación Especial por Preparacion de Clases y Evaluacion, puede ser otorgada a los auxiliares de educacion, esto en virtud a que se encuentran dentro del ambito de aplicación de la Ley del Profesorado, ademas porque la vienen percibiendo desde su otorgamiento (mayo de 1990)
25 junio, 2011 at 8:46 pm
sOLO DESEARTE MUCHOS EXITOS EN TU PRONTA NUEVA VIDA PROFESIONAL DE ABOGADO. UN ABRAZO
5 octubre, 2011 at 9:39 pm
Estimado amigo Patrick,recibe mis nas afectuosos saludos,mi consulta , es sobre el pago del 30% de Prepar. de clases,a mi me salio la sentencia del tribunal en mayo de este año, y quiero saber los pasos para cobrar en la Ugel no 02, gracias.
12 julio, 2016 at 8:19 pm
Estimado Jaime, a ti e salió favorable la resolución del juez aquí en Lima? Por favor me podrías recomendar el abogado que te asesoro?
Gracias
Caleb
4 marzo, 2012 at 4:43 pm
Mi consulta es la siguiente: La Bonificación Especial por Preparacion de Clases y Evaluacion, puede ser otorgada a los auxiliares de educacion, esto en virtud a que se encuentran dentro del ambito de aplicación de la Ley del Profesorado, ademas porque la vienen percibiendo desde su otorgamiento (mayo de 1990)
entonces nosotros los auxiliares de educacion podemos percibir dos remuneraciones por el estado como podria sustennntarlo legalmente,por favor espero su ayuda y respuesta pronto gracias.
30 marzo, 2012 at 11:57 pm
Dr. un favor usted cree que podria enviarme al correo un modelo de demanda para tener conocimiento de que cosas poner en ella.
13 abril, 2012 at 10:33 am
TAMBIEN SOY DOCENTE Y QUERO SABER QUE Y DONDE PRESENTAR LOS DOCUMENTOS RECLAMANDO ESTE DERECHO.TENGO 18 ANOS DE SERVICIO .POR FAVOR AYUDENOS AL RESPECTO GRACIAS.
20 mayo, 2012 at 3:00 pm
soy auxiliar de educacion, la corte superior de Huara, a declarado improcedente, que me sugiere, adonde debo recurrir, a pesar que me encuentro dentro de la ley y renumerado por preclass, me ha desestimado mi pedido de que se me abone por este derecho, me gustaria una sugerencia muchas gracias.
2 agosto, 2012 at 11:23 am
quisiera que nos proporcione un correo o telefono para poder contactarnos y hacer consultas administrativas y legales
16 agosto, 2012 at 9:05 pm
por favor necesito que me asesore en este tema,ya que recien estoy iniciando los tràmites.
gracias
16 noviembre, 2012 at 12:25 pm
Si ya tengo una resoliución declarando improcedente el resurso de apelación debo planterar recurso de revisión para agotar la via adminitrativa o como doy por agotada la via.
8 diciembre, 2012 at 8:32 pm
quiesiera que nos digan a los Maestros de la Región Ucayali a ¿Cuánto asciende el monto total de cada Maestro?
29 diciembre, 2012 at 8:43 pm
Quisiera saber si aùn se puede presentar la solicitud por el reconocimiento del 30% de clase, pues anteriormente no presente por no tener resolución de nombramiento recien me la han entregado, si en el 2013 aùn se puede presentar o ya se terminó el plazo. Le agradecería mucho su contestación.
7 octubre, 2013 at 12:13 pm
Dr Patrick
Si ya se tiene la sentencia ganada en segunda instancia consentida, pero el Empleador la UGEL no da cumplimiento a la sentencia, que se peude hacer, que pasos se debe seguir.
Es el caso de un profesor cesante D.Ley 20530, que no esta considerado en la Ley Nº 29944.
14 octubre, 2013 at 6:17 pm
Ya tengo la sentencia judicial necesito formato de solicitud para el calculo de pago y cuantas copias de boleta de pago.
19 noviembre, 2013 at 5:09 pm
Reciba mis mas sinceros saludos Doctor. paso a consultarle que, me han declarado improcedente mi petición sobre el pago de la bonificación diferencia, ya que soy personal de servicio de un colegio. quisiera su alcance con un modelo para poder apelar ya que tengo tiempo hasta el día viernes para ello. Me despido esperando su pronta respuesta y muy amable por atenderme.
13 marzo, 2014 at 5:41 pm
DR. tenga un buen día, soy un docente contratado desde el 2005 a la fecha con diversas ugel entre ellas la UGEL 14 y la UGEL 09 , quisiera saber si la bonificacion por preparacion de clases tambien es para los docentes contratados, de ser el caso, desearia me oriente que debo hacer?
tambien los periodos de trabajo fueron del 2005 (marzo a diciembre) 2006 (setiembre a diciembre) 2009 (mayo a diciembre) 2010 (marzo a diciembre) 2011 (abril a diciembre) 2013 (julio a diciembre)
agradeceria su respuesta al mail the_better_poet@hotmail.com
19 mayo, 2014 at 11:07 am
HOLA Dr. por favor quisiera un modelo de demanda para proceso judicial sobre la bonificación de 30% de preparación de clases y evaluación ya que los abogados cobran muy caro. Le agradeceré bastante.
16 julio, 2014 at 7:26 am
Dr. un favor usted cree que podria enviarme al correo un modelo de demanda para tener conocimiento de que cosas poner en ella.
29 julio, 2014 at 12:15 pm
BUENAS TARDES , que documentos debo adjuntar para solicitar a la Ugel el pago del 30 % por reconocimiento por preparación de clases ,Yo vengo laborando en ventanilla desde 1999 y a partir del 2002 me nombre en el mismo colegio . Si tuviera un modelo a presentar .
Quisiera saber también cuales son los siguientes pasos a seguir y adonde acudir. Gracias .
23 agosto, 2014 at 1:34 pm
Dr. una consulta, mi señora ya tiene sentencia judicial favorable sobre el 30% de preparacion de clases, en la UGEL donde trabaja, especificamente en Remuneraciones le dijeron que al monto total de sus remuneraciones de los meses a que tiene derecho, le restaran 4 dispositivos: D.U. 090-96, D.S. 073-97, D.S. 011-99 y D.S. 065-2003, del monto resultante recien le sacaran el 30% y a ese nuevo monto le restaran lo que le vinieron pagando, luego de eso recien saldra el monto mensual que le tendrian que reconocer por los años que le asiste el derecho. Es asi Dr?. Le agradeceria absolver mi consulta
29 septiembre, 2014 at 9:48 pm
Las preguntas son:
1.- ¿Este beneficio corresponde también a los cesantes?
2.- ¿En todo caso, procede solicitar el pago por devengados durante el período que se estuvo activo?
Gracias por la respuesta.
14 octubre, 2014 at 4:25 pm
Gracias Dr. por sus grandes aportes, pero quisiera saber si debo presentar mis boletas de pago al momento de presentar mi solicitud de pago por preparación de clases, y desde que año y hasta que año y mes debo presentarla.
4 enero, 2015 at 3:56 pm
hola buenas tardes mi consulta es si a los profesores contratados también se les pagara esta bonificación; en mi caso trabaje desde el año 2008 hasta la actualidad en calidad de contratado .. por favor le pido me oriente.. muchas gracias
8 enero, 2015 at 11:40 pm
Dr.Muchas gracias por su anticipada respuesta Una pregunta agotada todas las vías administrativas ,aun no es favorable que se puede hacer para concretar el pago en todo caso cual es la última instancia que se puede agotar.
12 enero, 2015 at 7:06 am
yo trabajo en la ugel de pataz también pase los mismos casos de los demas pero este mes me dieron un adelanto en efectivo lo cual me cayo muy bien a mi crisis economica
15 enero, 2016 at 12:42 pm
Buenos días, ante todo el agradecimiento por el asesoramiento a los docentes sobre el pago de preparación de clase. Mi pregunta es la siguiente: En Este año 2016 como ya existe el precedente que se le ha pagado a muchos docentes de diversas ugeles, se está diciendo que se le va a pagar a todos los docentes sin necesidad de realizar un juicio, ¿Qué me puede decir de esto? ¿Es cierto o no?
4 agosto, 2016 at 5:40 pm
Oscar. Soy docente de lima; Dr. por favor quiera saber como podemos continuar con el tramite de la bonificacion especial del 30% yo lo deje en el 2012, hasta entregarle a la Ugel 03- lima, con una carta notarial en la que no he tenido respuesta, ¿como puedo continuar con este tramite? que debo hacer? gracias por su amable atencion, espero su respuesta.
10 octubre, 2016 at 5:24 pm
Gracias maestros:
Soy docente nombrado en 1992 y hasta la fecha (Octubre de 2016) no he presentado mi solicitud sobre el 30% de preparación de clases. ¿Estoy a tiempo o ya perdí dicho derecho? desde cuándo y hasta cuándo estuvo vigente dicho derecho? Mucho les agradeceré por su respuesta.
Mi correo es: huapquis@gmail.com
1 febrero, 2017 at 2:47 pm
Dr. Por favor me podria enviar un modelo de escrito para iniciar mi proceso quiero iniciar primero la parte administrativa y luego hacerlo via judicial agradesco su apoyo.
vhas_0@yahoo.es
11 febrero, 2017 at 11:07 am
Hola soy docente contratado. Y inicie a trabajar desde el 2009 me corresponde el pago por preparacion de clases?? Otros colegas contratados me digeron que ya cobraron.
31 enero, 2018 at 12:41 am
Rossana
por favor si los contratados tenemos derecho a cobrar el beneficio por preparación de clases. si es así me puede enviarme en mi correo un modelo de demanda para poder guiarme.
Agradeceré su ayuda.