Modifican el Reglamento de Comprobantes de Pago y la normativa sobre emisión electrónica para permitir la emisión de factura a turistas
Resolución de Superintendencia N° 000005-2023/SUNAT
Fecha de publicación: 10.01.2023
Fecha de vigencia: 11.01.2023
Con fecha 10 de enero de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000005-2023/SUNAT, mediante la cual se modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago y la normativa sobre emisión electrónica para permitir la emisión de factura a turistas.
Al respecto, la finalidad de la Resolución de Superintendencia N° 000005-2023/SUNAT es implementar la devolución del IGV a turistas para lo cual se permite que en las operaciones de venta de bienes en el país los Establecimientos Autorizados puedan emitir facturas a turistas que carecen de número de RUC, así como notas de crédito y de débito vinculadas a estas.
En ese sentido, se modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago, así como la normativa sobre emisión electrónica de comprobantes de pago (Resoluciones de Superintendencia Nos 188-2010/SUNAT, 097-2012/SUNAT y 117-2017/SUNAT) para permitir la emisión de facturas en las ventas que realicen los Establecimientos Autorizados a que hace referencia el inciso c) del artículo 11-A del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 029-94-EF, a extranjeros no domiciliados que ingresan al país en calidad de turistas y que carezcan de número de RUC.
A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia N° 000005-2023/SUNAT.
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