Desde el martes 21 de agosto rigen cambios para evitar evasión y lavado de activos

Toda compra de inmuebles y vehículos mayores a 3 UIT será mediante pago bancario.

Desde el martes 21 entrarán en vigencia las modificaciones a la Ley Nº 30730, la cual exige que toda adquisición de inmuebles y vehículos cuyo valor supere las 3 UIT, o su equivalente de 12,450 soles, deberá realizarse mediante cheque o depósito bancario.

17/8/2018

La norma fue aprobada en febrero último para evitar el riesgo de la evasión fiscal, lavado de activos y actos de corrupción, que deberán atender todas aquellas personas que venden y compran inmuebles y vehículos, así como quienes adquieran el capital social de una persona jurídica.

Lineamientos

Por tanto, el pago de sumas de dinero por la compra de vehículos, inmuebles, aportes, aumento, reducción de capital, por montos iguales o superiores a 3 UIT, inclusive cuando se abonen parcialmente, solo podrá ser efectuado utilizando los medios de pago bancarios, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala Lozano.

Aclaró que de acuerdo con la norma, la bancarización será obligatoria para las operaciones de constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles; y transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres.

También en la adquisición, aumento y reducción de participaciones en el capital social de una persona jurídica.

“En las demás operaciones se mantiene la obligación de bancarizar por montos iguales o superiores a 3,500 soles o 1,000 dólares; y en el caso de préstamos, es obligatoria la bancarización, cualquiera sea el monto del préstamo y la devolución del mismo”, manifestó el experto.

Constancia

Los notarios y jueces que den fe o formalicen actos jurídicos en los tres casos citados deberán dejar constancia (en la escritura pública) sobre el medio de pago bancario utilizado. En el caso de que el cliente del notario se niegue a demostrar el medio de pago bancario empleado, sin perjuicio de no dar fe de la operación, deberá efectuar un reporte de operaciones sospechosas a la UIF-Perú para las investigaciones y sanciones que correspondan.

Los Colegios de Notarios, el Poder Judicial y la Sunarp, según corresponda, pondrán en conocimiento de la Sunat las acciones adoptadas y las sanciones impuestas a los notarios, jueces y registradores que no cumplan con la nueva norma.

La Ley Nº 30730 señala que los terceros vinculados a operaciones de comercio exterior deberán informar y comparecer ante Aduanas para evitar ser sancionados.

Sunat desconocerá el gasto

Para que las transacciones sean reconocidas como gasto o costo tributario, esta normativa permite los depósitos en cuentas bancarias, los giros, las transferencias de fondos, las órdenes de pago, las tarjetas de débito expedidas en el país y las tarjetas de crédito expedidas.

También se incorporan los cheques en general, las remesas bancarias y las cartas de crédito. “La norma ayudará en la formalización de la economía, así como a prevenir el presunto lavado de activos siguiendo la ruta del dinero”, dijo José Verona.

Fuente: Diario Oficial El Peruano del viernes 17 de agosto de 2018.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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