A propósito de la contratación de Eguiguren en la defensa de SUNAT de los casos Scotiabank, Telefónica del Perú, Savia y otros.

Cuestión de honorarios

La Comisión de Fiscalización denuncia irregularidades en el contrato suscrito entre la Sunat. Este grupo de trabajo pedirá facultades para investigar a los implicados en un acuerdo que supera los S/ 10 millones en pago de honorarios.

Fuente: Semanario Sucesos del lunes 25 de setiembre de 2017.

La contratación del jurista Francisco Eguiguren se efectuó en diciembre de 2015. Sin embargo, ese acuerdo tiene su génesis el 8 de junio del mismo año, cuando a través de la Resolución de Intendencia N° 060-2015/SUNAT/8B0000 modificó el Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Sunat para realizar la convocatoria.

De ese modo, el organismo tributario contrató los servicios del exministro de Justicia Francisco Eguiguren para “coadyuvar” a la Procuraduría de la entidad recaudadora en cuatro casos complejos en temas tributarios: las demandas de Scotiabank, Telefónica, Savia y la Sociedad Minera Cerro Verde.

El informe técnico sobre ese caso señala que el “perfil del proveedor” y la “experiencia” que se exige en las bases, no se ajustan a lo dispuesto por el artículo 132° del Reglamento y que se desarrolla en la Ley de Contrataciones con el Estado.

La norma exige que la exoneración de las bases de concurso público tiene que ser sustentada con la “experiencia reconocida” del proveedor en la prestación objeto del contrato, en la práctica, y no en la teoría.

“En ese orden de ideas, correspondía exigir como experiencia del potencial proveedor, amplia experiencia en el ejercicio de la defensa ante los tribunales de justicia”, y no únicamente “haber elaborado informes jurídicos en por lo menos dos procesos de inconstitucionalidad, y cinco de amparo”, precisa el documento.

Este es tan solo uno de los argumentos que esta semana, por encargo de la Comisión de Fiscalización, el parlamentario Héctor Becerril deberá sustentar ante el pleno del Congreso. La idea es solicitar facultades de comisión investigadora con las que ese grupo congresal podrá pedir el levantamiento de los secretos de las comunicaciones, bursátil, financieros, entre otros.

Bocatto di cardinale

Cuando la Sunat suscribió los contratos de servicios profesionales, todos los procesos judiciales ya se encontraban en la segunda instancia, y con sentencia favorable al Estado, lo que en términos futbolísticos significaría que los partidos ya estaban ganados.

Por este motivo, se considera que los S/ 9 millones que se acordó pagar a Eguiguren como honorarios de éxito, se considera una cifra excesiva, más aún si representa un menor esfuerzo que cuando el contratado no interviene desde el inicio del proceso.

En la secuencia procesal, se observa que la intervención de Eguiguren se realiza después de tres años de iniciado el proceso, a partir de la segunda instancia. Su actuación procesal es el último año.

En su defensa, el letrado, que ejerce la presidencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde marzo de este año, ha sostenido que actualmente es “una suerte de coordinador” de un equipo de abogados que son los que se encargan de atender los procesos.

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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