EL IVA, BUEN RECAUDADOR Y MAL REDISTRIBUIDOR

Con ocasión de las reformas tributarias a lo largo de América Latina de la última década, se discutió mucho sobre el carácter progresivo del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), especialmente si como señalaban las cifras de recaudación de la mayoría de países, este impuesto era el principal en la estructura de la presión tributaria estatal.
Estuvimos entre quienes señalaban que el IVA era regresivo pues afectaba más a los mas débiles incluso, con la exoneración a la canasta básica que se incluyó para paliar ese problema.
Hoy, es claro que si seguimos en la perspectiva de basar el modelo tributario en la recaudación de IVA estaremos consolidando la desigualdad ente el tercio más rico y el más pobre de nuestros países.
Al respecto, planteamos las reflexiones de Alberto Bareix y Jerónimo Roca, tomadas de “Reforzando un pilar fiscal: el impuesto a la renta dual a la uruguaya”, aparecido en la Revista ANALISIS TRIBUTARIO de diciembre pasado, con autorización de la CEPAL.

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En América Latina no han sido pocos los intentos de hacer que el IVA, a través de exoneraciones y tasas diferenciales, desempeñe un papel redistribuidor del ingreso. A nuestro juicio, los resultados de esos intentos no solo son marginales sino que se traducen en un alto gasto tributario que favorece también a los deciles más altos, con lo que se pierden recursos que, focalizados en el gasto público social, sí tendrían efectos redistribuidores.
En este sentido, el caso de México resulta muy ilustrativo. El IVA de México resulta progresivo incluso cuando se considera el ingreso como indicador de bienestar. Por ejemplo, para los deciles más ricos el 60% del gasto está gravado a la tasa general y solo el 10% a tasa cero, mientras que para los deciles más pobres estos porcentajes son, respectivamente, de 41% y 38%.
No obstante, aunque el gasto tributario implícito en este diseño es de 2% del PIB, su capacidad redistribuidora es poca: después de impuesto solo hay una transferencia de 0,15% del ingreso total desde el 50% más rico al 50% más pobre. Por el contrario, el impuesto a la renta personal, que recauda aproximadamente 2,4% del PIB, tiene un efecto redistribuidor más de 10 veces superior y el programa “Progresa-Oportunidades” —de gasto público focalizado en aliviar la pobreza— logra un efecto redistribuidor similar al del IVA pero con un costo fiscal ocho veces menor. Por lo demás, la “progresividad sin redistribución” del IVA tiene un costo: el 54% de los beneficios de la tasa cero son percibidos por los deciles de más altos ingresos, y solo un 3,5% por los más pobres.
Parece claro, por lo pronto, que eliminar este beneficio mejoraría significativamente la recaudación, permitiendo incluso compensar con gasto público a los perdedores y evitar así un fuerte deterioro de la equidad.
En definitiva, el IVA es un impuesto para recaudar y no para redistribuir, por lo que debe tender a la mayor neutralidad y simplicidad posibles para favorecer su cumplimiento y así afirmarlo como pilar del sistema, reconociendo que el tributo por excelencia con capacidad de redistribución es el impuesto a la renta personal.

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Acerca del autor

Luis Alberto Duran Rojo

Abogado por la PUCP. Profesor Asociado del Departamento de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Director de ANALISIS TRIBUTARIO. Magister en Derecho con mención en Derecho Tributario por la PUCP. Candidato a Doctor en Derecho Tributario Europeo por la Universidad Castilla-La Mancha de España (UCLM). Con estudios de Maestria en Derecho Constitucional por la PUCP, de Postgrado en Derecho Tributario por la PUCP, UCLM y Universidad Austral de Argentina. Miembro de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional, del Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo Tributario (IPIDET) y la Asoción Fiscal Internacional (IFA).

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