Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú
El 23 de abril pasado fue publicada en la página web del Tribunal Constitucional la STC 5614-2007-PA (caso Aspíllaga Anderson Hermanos S.A.), emitida por la Sala Segunda de esta institución (integrada por los magistrados Vergara, Mesía y Álvarez), en la que se considera inconstitucional el artículo 410º del Decreto Legislativo Nº 556. El caso llama la atención pues la citada norma es bastante antigua (fue publicada el 31 de diciembre de 1989), y su inconstitucionalidad es evaluada, decretada y ampliada a otras normas sólo por una Sala del Tribunal. Además, la controversia estaba referida al derecho de propiedad, que suele ser un derecho invocado muchas veces en procesos de amparo, pero para plantear controversias que no se relacionan con su contenido constitucionalmente protegido.
Como está ocurriendo de manera ya reiterada en las sentencias del Tribunal, el fallo a comentar presenta serias deficiencias en la argumentación, que es importante hacer notar. En este comentario, nos referiremos específicamente a las siguientes: