Profesor de Derecho Procesal Constitucional
Pontificia Universidad Católica del Perú
El martes 5 de octubre asistieron a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República los titulares de los órganos que conforman el sistema de administración de justicia del país, a fin de presentar sus comentarios y sugerencias respecto al dictamen que actualmente se encuentra en el Pleno del Congreso y que fuera debatido por última vez en junio del 2007.
Los integrantes de la Comisión, presidida por el congresista Aurelio Pastor Valdivieso, escucharon las intervenciones de Julio Rodríguez Mendoza, Juez Supremo y representante del Presidente de la Corte Suprema; Gerardo Eto Cruz, Magistrado del Tribunal Constitucional; Gladys Echaíz Ramos, Fiscal de la Nación; Edmundo Peláez Bardales, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura; Beatriz Merino Lucero, Defensora del Pueblo; Rosario Fernández Figueroa, Ministra de Justicia; Manuel Sánchez-Palacios Paiva, Presidente de la Academia de la Magistratura; y Carlos Enrique Mesa Angosto, Presidente del Tribunal Supremo del Fuero Militar Policial. Un encuentro de esta importancia no se había producido en los últimos años.
De modo particular, en este blog deseamos hacer mención a la intervención de Gerardo Eto Cruz, magistrado del Tribunal Constitucional y director del Centro de Estudios Constitucionales de esta institución, quien realizó interesantes propuestas de modificación constitucional referidas a los procesos constitucionales y la magistratura constitucional.
En segundo lugar, propuso ampliar el tiempo de duración del cargo de magistrado del Tribunal Constitucional, de cinco a siete años, de modo tal que dicho período no coincida con el mandato de los congresistas, quienes tienen a cargo su elección. “La experiencia comparada muestra la conveniencia de mandatos largos, que excedan el de los órganos que concretan los nombramientos; como ocurre en Alemania, Bulgaria, Francia, Italia, entre otros países”, señaló el magistrado Eto.
En tercer lugar, y respecto a los procesos constitucionales, recordó la necesidad de implementar la recomendación formulada por la CERIAJUS, de incorporar la institución del certiorari, de modo tal que el Tribunal Constitucional pueda seleccionar los procesos de hábeas corpus, amparo y hábeas data que merezcan un pronunciamiento por parte de este órgano de control constitucional. De acuerdo con Eto, ello “no solo permitiría al Tribunal Constitucional tener un cabal control de su carga procesal, sino que a su vez le permitiría optimizar la calidad argumentativa de sus sentencias, sentando criterios obligatorios y evitando sensiblemente los riesgos de contradicción jurisprudencial”.
Finalmente, el magistrado Eto Cruz reiteró la necesidad de establecer una instancia única para los procesos constitucionales de tutela derechos que se inicien contra resoluciones judiciales, resoluciones del Consejo Nacional de la Magistratura y del Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, consideró necesario otorgar legitimidad activa al Poder Judicial para que pueda interponer demandas de inconstitucionalidad contra normas con rango de ley.
De particular interés fue la declaración del magistrado Eto en el sentido que la carga procesal del Tribunal Constitucional se ha reducido considerablemente, a pesar de que en promedio todavía ingresan trescientas causas al mes. Sin duda, una dato de particular interés para exigirle al Tribunal una mayor calidad, claridad y uniformidad en sus decisiones.