Por medio de la presente alerta hacemos de su conocimiento que el día 30-3-22 se publicó, en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo 052-2022-EF , mediante la cual se aprueba el Listado de Entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas (IGV).
El referido listado será publicado en el portal web del MEF (www.mef.gob.pe) a más tardar el día 31-3-22[1] y regirá a partir del 1-4-22. Este listado se adjunta mediante el siguiente enlace: Anexo_DS052_2022EF
[1] Al redactar el presente Boletín Tributario, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aún no ha publicado el Listado de Entidades exceptuadas del citado Régimen.