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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)
Sin tener en consideración que la Ley 29300 es una norma sancionadora y de redacción ambigua, muchas Municipalidades de Lima – Perú han dado por concluido el plazo para regularizar las edificaciones construidas sin licencia de obra concluidas entre el 20 de Julio de 1999 y el 25 de Setiembre del 2007.
Citando el caso de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, desde junio del 2009 ya no aceptan el ingreso de expedientes sobre Regularización bajo la Ley 29090 manifestando que interpretaron mal el cómputo de los 180 días calendario señalado por la Ley 29300.
Para la Municipalidad Distrital de San Borja, la Ley 29300 al modificar el primer párrafo del Art. 30° de la 29090, el plazo de 180 días calendario otorgado para regularizar las edificaciones antes citadas debe ser computado desde la entrada en vigencia de la Ley 29090, por tanto, dicho plazo venció el 27 de Marzo del 2009.
Ahora nos preguntamos:
¿Qué pasará con los expedientes ingresados ante la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco entre el 28 de Marzo del 2009 y el 31 de Mayo del 2009?
Considerando que a la fecha venció el plazo para Regularizar las Edificaciones en el Perú al amparo de la Ley 29090
¿Cree Usted que las Municipalidades del Perú iniciarán medidas coercitivas de demolición masiva?
Esperamos su Comentario sobre el particular.
Lo esperamos:
Vía Email: victorggc@yahoo.es
Somos un Grupo de ARQUITECTOS ABOGADOS con amplia experiencia en el Campo Inmobiliario Peruano.
Saludos Cordiales.
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Victor Guzmán Carrera
Abogado PUCP
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