Archivo del Autor: Victor Gerardo Guzmán Carrera

REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES EN EL DISTRITO DE ATE

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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)

Vecino de Ate, ponemos en su conocimiento que la Municipalidad Distrital de Ate ha emitido la Ordenanza 259-MDA mediante la cual autorizan la Regularización de Edificaciones existentes en el Distrito.

Dicha norma fue expedida por la Municipalidad a fin de ampliar el plazo establecido para la Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones aprobada mediante Ordenanza Nº 221-MDA de fecha 13 de agosto de 2009, que autorizó que las habilitaciones urbanas y las edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia, pueden ser regularizadas de acuerdo al procedimiento establecido por el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, hasta el 31 de diciembre de 2009.
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BENEFICIOS DEL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL INMOBILIARIO

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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)

A fin de enfrentar la gran informalidad existente en el ámbito inmobiliario y para promocionar la actividad de la construcción, desde julio de 1999 el Estado viene implementando el procedimiento de Regularización de Edificaciones en el Perú.

Así surgió la Ley 27157 publicada en el 20/07/1999, la misma que establece entre otros, el procedimiento para la tramitación de la regularización de edificaciones, permitiendo a los propietarios de edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de construcción, conformidad de obra o que no cuenten con declaratoria de fábrica, independización y/o reglamento interno, de ser el caso, sanear su situación de acuerdo al procedimiento establecido en dicha Ley.

A la fecha se han emitido una serie de normas legales reglamentando o determinando criterios para su aplicación, pero todas manteniendo el mismo objetivo: obtener el reconocimiento legal e inscripción de las edificaciones a fin que los propietarios puedan contar con su dominio inscrito ante los Registros Públicos.

Si bien la tramitación de la regularización de edificaciones resulta engorrosa por la cantidad de normas legales que lo regulan, no podemos dejar de lado los múltiples beneficios que conlleva contar con Nuestra edificación debidamente saneada.

BENEFICIOS DEL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL INMOBILIARIO:

1. TENER LA TITULARIDAD DE DOMINIO:
Dicha calidad le otorga todas las atribuciones que la ley le confiere a todo propietario, tales como: usar, disfrutar, disponer, reivindicar un bien.

2. TENER REGISTRADO SU DERECHO DE PROPIEDAD ANTE SUNARP:
Lo cual generará una publicidad registral que le otorgará exclusividad en su Titularidad de Dominio sobre su predio y la facultad de oponer su Derecho de Propiedad frente a terceros que lo pretendan.

3. INCENTIVARÁ LA INVERSIÓN EN LOS BIENES INMUEBLES:
No existirá temor de invertir en el mejoramiento de su espacio físico ni en sus negocios, porque la titularidad exclusiva sobre su predio lo protege.

4. AUMENTA EL VALOR DE LOS BIENES INMUEBLES:
La declaración de existencia legal de su edificación y la facultad de oponer su Derecho de Propiedad frente a terceros, aumentan el valor de su inmueble.

5. FACILITA LA TRANSFERENCIA DE LOS BIENES:
La propiedad exclusividad permite su fácil transferencia y circulación en el mercado.

6. FACILITA EL GRAVAMEN DE LOS BIENES:
La propiedad exclusividad permiten el acceso al crédito, al ser objeto de garantías.

Como puede apreciar, la regularización de edificaciones permitirá un mayor desarrollo tanto a nivel individual como colectivo, elevando la calidad de vida de los propietarios y de la población en general y generando mayor inversión no solo inmobiliaria sino también comercial.

Con nuestro apoyo y asesoramiento Usted podrá Edificar y Registrar su propiedad en forma rápida y eficaz.


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LEY 29565 – LEY DE CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA

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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)

El día 22 de Julio del 2010 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley 29565 – Ley de Creación del Ministerio de Cultura, la misma que entró en vigencia desde el 23 de Julio del 2010.

En tanto se apruebe el respectivo reglamento de organización y funciones y los demás documentos de gestión del Ministerio de Cultura, las funciones ejecutivas en materia de cultura continúan a cargo del Instituto Nacional de Cultura (INC) hasta la designación del Ministro de Cultura.

Los documentos de gestión de las entidades públicas que se fusionen o extingan por absorción, continúan vigentes hasta la dación de los nuevos documentos de gestión.

Los organismos públicos adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes:
1. Instituto Nacional de Cultura (INC).
2. Biblioteca Nacional del Perú (BNP).
3. Instituto de Radio y Televisión Peruana (IRTP).
4. Academia Mayor de la Lengua Quechua.
5. Archivo General de la Nación (AGN).
6. Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (Indepa).

Hasta que se apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura, mantienen su vigencia los procedimientos aprobados en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades fusionadas o adscritas a dicho Ministerio, así como aquellas funciones transferidas.

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PROCLAMAN A MIEMBROS TITULARES Y SUPLENTES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

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Mediante Resolución Nº 513-2010-JNE publicada el 12 de julio del 2010 (Expediente Nº J-2010-0563) el Jurado Nacional de Elecciones proclamó miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura a Vladimir Paz de la Barra, elegido por los Colegios de Abogados del país, y a Gonzalo Raúl García Núñez y Luz Marina Guzmán Díaz elegidos por los Colegios Profesionales del país, para el periodo 2010-2015; otorgándoseles sus respectivas credenciales.

Asimismo, proclamó a como miembros suplentes del Consejo Nacional de la Magistratura a Rosa Delsa Mávila León, elegida por los Colegios de Abogados del país, y a Julio Sergio Castro Gómez y Juan Ronaldi Celis Zapata, elegidos por los Colegios Profesionales del país, para el periodo 2010-2015.

A continuación transcribo la citada norma:

Proclaman a miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional de la Magistratura elegidos por los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del país

RESOLUCION Nº 513-2010-JNE

Expediente Nº J-2010-0563

Lima, nueve de julio de dos mil diez
VISTA el acta de proclamación de resultados de cómputo de fecha 8 de julio de 2010, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, de las elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del país, llevadas a cabo el domingo 13 de junio de 2010.

CONSIDERANDOS

1. Mediante Resolución Jefatural Nº 001 -2010-J/ONPE de fecha 6 de enero de 2010, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Nº 26397 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, convocó a elecciones para designar a los Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del país, para el día 13 de junio de 2010.

2. En el acta de proclamación de resultados de cómputo expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro se plasma los resultados de cómputo de votos de cada uno de los candidatos de acuerdo a los reportes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.
Asimismo, se señala que no existen actas observadas, tachas ni nulidades pendientes por resolver; habiendo vencido los plazos para efectuar impugnaciones.
Además, ante esta instancia no existe ningún recurso pendiente de resolver referido a las elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del país.

3. Del cómputo de votos se ha obtenido el resultado final del proceso electoral, obteniendo las más altas votaciones los siguientes candidatos:

REPRESENTANTES DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DEL PAÍS

Vladimir Paz de la Barra: 13,629 VOTOS
Rosa Delsa Mávila León: 8,638 VOTOS

REPRESENTANTES DE LOS OTROS COLEGIOS PROFESIONALES DEL PAIS

Gonzalo Raúl García Núñez: 103,578 VOTOS
Luz Marina Guzm án Díaz: 82,519 VOTOS
Julio Sergio Castro Gómez: 80,441 VOTOS
Juan Ronaldi Celis Zapata: 78,091 VOTOS

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento para la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país, aprobado por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 700-2009-CNM, el Jurado Nacional de Elecciones proclama los candidatos que obtengan la primera y segunda más alta votación, como Consejero Titular y Suplente respectivamente, en el caso de los Colegios de Abogados del país; y en el caso de los demás Colegios Profesionales del país, proclama Consejeros Titulares, a los dos primeros candidatos que obtengan más alta votación, y como Suplentes, a los dos siguientes, respectivamente.

5. En tal sentido, el Jurado Nacional de Elecciones, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 155 de la Constitución Política del Perú, el artículo 18 de la Ley Nº 26397, y en cumplimiento de las funciones conferidas en los incisos i) y j) del artículo 5 de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Ley Nº 26486, procede a proclamar y otorgar las respectivas credenciales a los candidatos electos.

Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

Artículo Primero.- PROCLAMAR miembros titulares del Consejo Nacional de la Magistratura a Vladimir Paz de la Barra, elegido por los Colegios de Abogados del país, y a Gonzalo Raúl García Núñez y Luz Marina Guzmán Díaz elegidos por los Colegios Profesionales del país, para el periodo 2010-2015; otorgándoseles sus respectivas credenciales.

Artículo Segundo.- PROCLAMAR miembros suplentes del Consejo Nacional de la Magistratura a Rosa Delsa Mávila León, elegida por los Colegios de Abogados del país, y a Julio Sergio Castro Gómez y Juan Ronaldi Celis Zapata, elegidos por los Colegios Profesionales del país, para el periodo 2010-2015.

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura la presente resolución, para la incorporación de los proclamados, con arreglo a lo señalado en el segundo párrafo del artículo 41 del Reglamento para la Elección de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del país, aprobado por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 700-2009-CNM.

FUENTE: DIARIO OFICIAL “EL PERUANO”


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RESULTADOS – ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DEL PAÍS 2010

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ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DEL PAÍS 2010
(Actualizado al 100.0% al 02/07/2010 a las 22:13 horas)

VLADIMIR PAZ DE LA BARRA – COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
13,629 Votos
33.4% de Votos Válidos
29.3% de Votos Emitidos

ROSA DELSA MAVILA LEON – COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
8,638 Votos
21.2% de Votos Válidos
18.6% de Votos Emitidos
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ELECCIONES DE CONSEJEROS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA POR LOS MIEMBROS DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS Y COLEGIOS PROFESIONALES DEL PAÍS

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Este Domingo 13 de Junio del 2010 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. son la Elecciones de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Miembros de los Colegios de Abogados y los Colegios Profesionales del País 2010.

Si deseas saber si eres Miembro de Mesa y el Lugar de Votación, ingresa a la siguiente web:

CONSULTA DE MIEMBROS DE MESA – CNM

LISTA DE CANDIDATOS A CONSEJEROS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA 2010

NOTA:
Si perteneces al Colegio de Abogados, podrás marcar hasta por dos candidatos.
Si perteneces a otro Colegio Profesional, podrás marcar hasta por cuatro candidatos.

FUENTE: ONPE


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SERVICIO GRATUITO “CONSULTA VEHICULAR”

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En el ámbito del Registro de Propiedad Vehicular, SUNARP pondrá a disposición del Público, el servicio gratuito denominado “Consulta Vehicular”, el mismo que permitirá al usuario tener acceso directo y confiable a ciertos datos relacionados a las características de los vehículos registrados a nivel nacional.

El nuevo producto que la SUNARP pone a disposición del público, es gratuito y su acceso es a través del internet ingresando a la siguiente página Web:

https://www.sunarp.gob.pe/ConsultaVehicular/

La consulta indicada, brindará datos que pueden ser de utilidad para el usuario, debiendo considerarse que este servicio podrá facilitar el desarrollo de las operaciones de transferencia de vehículos; así como, contribuir a contrarrestar la comisión de actos ilícitos y delictivos que afectan la seguridad ciudadana y el patrimonio de los propietarios de vehículos;

Según lo dispone la Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 128-2010-SUNARP-SN publicada el 28/05/2010, este servicio “Consulta Vehicular” deberá ser brindado a partir del 15 de Junio de 2010, sin embargo ya se puede tener acceso desde ahora a alguna información importante.

Cordiales Saludos.

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PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29415 – LEY DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACIÓN URBANA

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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)

Con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, mediante Resolución Ministerial Nº 093-2010 –VIVIENDA del 18/05/2010 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispuso publicar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29415 – Ley de Saneamiento Físico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovación Urbana.

El plazo para formular las sugerencias y comentarios es de treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de la citada Resolución Ministerial.

Dicho plazo vence el 17/05/2010.

El texto del citado proyecto de ley lo pueden ubicar en:

PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29415 – LEY DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACIÓN URBANA

Cordiales Saludos. Sigue leyendo

En Defensa de la PUCP: Segundo Especial

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Lunes, 03 de mayo del 2010 | Frente a la gran campaña de desinformación en contra de la Universidad, se publica el segundo especial En Defensa de la PUCP. Encuentra aquí información sobre cómo se gobierna democráticamente la Universidad, sobre el presupuesto, las razones por las que acudimos al TC, preguntas de los estudiantes y más.

FUENTE: .edu

DESCARGA AQUÍ EL PDF DEL SEGUNDO ESPECIAL EN DEFENSA DE LA PUCP.
Publicación de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Lima, 29 de abril del 2010

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EN DEFENSA DE LA PUCP

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Estimados Visitantes:
Debido a las constantes interrogantes planteadas sobre el arbitrario fallo del tribunal constitucional en la acción de amparo interpuesta por la Pontificia Universidad Católica del Perú a propósito de la herencia de don José de la Riva-Agüero, a continuación les brindamos los enlaces de interés necesarios para estar instruidos sobre el particular.
Cordiales Saludos

EN DEFENSA DE LA PUCP
Publicación de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Lima, 23 de abril del 2010

TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA CONTROVERSIA QUE MANTIENE NUESTRA UNIVERSIDAD CON EL ARZOBISPADO DE LIMA
Publicación de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Lima, 23 de abril del 2010

Dossier: Sobre el arbitrario fallo del Tribunal Constitucional
.edu (Martes 27 de abril del 2010)

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL – EXP. N.º 03347-2009-PA/TC

Desmenuzando la sentencia del Tribunal Constitucional
.edu (Martes 27 de abril del 2010)

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