Archivo por meses: septiembre 2016

CAPECO: Jesús María se ha convertido en el distrito con mayor oferta inmobiliaria gracias a su política promotora.

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Sepa qué distritos registran la mayor oferta de viviendas nuevas en Lima

Este año Jesús María se ha convertido en el distrito con mayor oferta inmobiliaria gracias a su política promotora, destacó la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco). Conozca qué otros distritos lideran este ranking.

Si está buscando adquirir un inmueble, esta información le podría servir. La Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) presentó un informe donde da cuenta de los distritos que registran una mayor oferta de viviendas nuevas en la capital.

Así, actualmente los distritos que mayor disponibilidad de oferta reportan en Lima son Jesús María con 2,205 unidades (9% del total), San Miguel con 2,048 unidades (8,4%) y Surco con 1,951 unidades (7,9%). Estos tres distritos concentran el 25% de la oferta inmobiliaria de Lima y Callao.

En el siguiente cuadro presentamos los 15 distritos con mayor oferta inmobiliaria nueva en Lima:

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Capeco destacó el caso de Jesús María, pues este año alcanzó el primer lugar (el año pasado estaba en 4ta ubicación) gracias a una política de promoción inmobiliaria.

“Jesús Maria inteligentemente derogó muchas ordenanzas que limitaban el desarrollo de vivienda formal. Eran temas relacionados a la densidad, altura y tamaño de las viviendas. Eso ha hecho que tenga ahora el primer lugar (en oferta)”, subrayó Ricardo Arbulú, presidente del Instituto de la Construcción y el Desarrollo (ICD) de Capeco.

Asimismo, Arbulú señaló que San Miguel mantiene su política promotora y por ello destrabó las limitaciones para la construcción de edificios de 15 y 18 pisos.

Otro distrito que también va en esa misma línea es Breña, y por ello ahora es el 6to distrito con mayor oferta inmobiliaria (en año pasado estaba 9no).

Por el contrario, un distrito que cada año ve mermada su oferta inmobiliaria es San Isidro, ahora ubicado en el puesto 12 (el año pasado era el 10mo distrito con mayor oferta).

“San Isidro ha limitado su actividad edificadora con ordenanzas, ante el pedido de los vecinos”, anotó Arbulú.

FUENTE: Diario Gestión – José Carlos Reyes

CAPECO: Estudio sobre la actual oferta inmobiliaria en Lima.

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Conozca cómo varían de precio los departamentos en los diversos distritos de Lima

La Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) presentó hoy un estudio sobre la actual oferta inmobiliaria en la capital.

Al momento de buscar adquirir una vivienda uno de los factores claves será el precio que estemos dispuestos y en capacidad de pagar.

Por ello resulta importante conocer cómo varían de precio las viviendas en los diversos distritos de Lima.

Y las diferencias son amplias. Por ejemplo, en los distritos de Lima Norte el precio de los departamentos promedia los S/ 141,260; mientras que en Lima Top el precio de estas viviendas promedia los S/ 858,897, es decir, supera ampliamente al medio millón de soles.

Esta información fue difundida hoy en el avance del Estudio de Mercado de Edificaciones Urbanas de Lima y Callao, presentado por la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).

En el siguiente cuadro podrá revisar los precios, áreas promedios de los departamentos y oferta según las zonas de Lima.

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Esta es la clasificación de los sectores urbanos:
1. Lima Top: Miraflores, San Isidro; La Molina, Santiago de Surco, San Borja, Barranco.
2. Lima Moderna: Jesús María, Lince, Magdalena del Mar, San Miguel, Pueblo Libre, Surquillo.
3. Lima Centro: Cercado de Lima, Breña, La Victoria, Rímac, San Luis.
4. Lima Este: Ate, Cieneguilla, Chaclacayo, Lurigancho, Santa Anita, El Agustino, San Juan de Lurigancho.
5: Lima Norte: Carabayllo, Cómas, Independencia, Los Olivos, Puente Piedra, San Martín de Porres, Ancón, Santa Rosa.
6. Lima Sur: Chorrillos Lurín, Pachacámac, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Villa María del Triunfo, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar.
7. Callao: Bellavista, Callao, Carmen de la Legua, La Perla, La Punta, Ventanilla.

Aquí también puede revisar un mapa de Lima con la distribución de los sectores urbanos y los precios promedios por metro cuadrado:

FUENTE: Diario Gestión – José Carlos Reyes

SUNARP: Aprueban formulario de solicitud de oposición de título en trámite

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RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 265-2016-SUNARP/SN

Lima, 27 de setiembre de 2016

VISTO, el Informe N° 221-2016-SUNARP/DTR, del 27 de setiembre de 2016, emitido por la Dirección Técnica Registral, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante la Ley N° 30313 se regula la oposición al procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación del asiento registral por suplantación de identidad o falsificación de documentación, entre otros temas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y Cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los Artículos 4 y 55 y la Quinta y Sexta Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo 1049;

Que, en la primera disposición complementaria final del mencionado reglamento se encarga a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la aprobación del acta de identificación y el formulario de solicitud de oposición;

Que, el acta de identificación es el formato mediante el cual, si por razones de fuerza mayor o caso fortuito no se puede utilizar el lector biométrico del Reniec, acredita la identificación de quién se apersona ante la Oficina Registral para solicitar la oposición al procedimiento de inscripción registral en trámite o la cancelación de un asiento de inscripción irregular;

Que, en el caso de la cancelación del asiento registral irregular, la presentación se realiza mediante un título en la oficina de diario y, para ello, está previsto el acta de identificación denominado “Autorización para ingreso de Título”, aprobado por Resolución Nº 188-2015-SUNARP-SN;

Que, en el caso de la oposición de un título en trámite, la presentación se realiza en mesa de partes, el servidor también podrá utilizar el acta de identificación denominado “Autorización para ingreso de Título”, aprobado por Resolución Nº 188-2015-SUNARP-SN;

Contando con el visado de la Dirección Técnica Registral, de la SUNARP;

Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el formulario solicitud de oposición de título en trámite.

Articulo Segundo.- Precisar que el acta de identificación señalado en el Reglamento de la Ley Nº 30313, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-JUS, será el denominado “Autorización para ingreso de Título”, aprobado por Resolución Nº 188-2015-SUNARP-SN.

Artículo Tercero.- Disponer que el formulario de solicitud de oposición de título en trámite pueda obtenerse de la página web de la Sunarp, así como de las Oficinas Registrales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO SOLARI ZERPA

Superintendente Nacional de los

Registros Públicos

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FUENTE: Diario Oficial EL PERUANO

Tribunal Constitucional: Las plazas para Notarios ahora es por habitantes

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SE CORRIGE CRITERIO PARA DETERMINAR NÚMERO DE NOTARIOS EN EL PAÍS
Ana Bazo Reisman – La Ley

TC se rectifica: Plazas notariales dependen de cantidad de habitantes y no de ciudadanos

El Tribunal Constitucional ha corregido una sentencia que emitió en el 2014, cuando interpretó que las plazas para notarios en el país era de dos a más por cada 50 mil ciudadanos documentados. Ahora el Colegiado señala que se refiere a habitantes en general (mayores y menores de edad). Además, incorpora el movimiento comercial como factor que también determina el número legal de notarios en cada provincia.

Autocorrector. Por medio de una resolución publicada recientemente, el Pleno del Tribunal Constitucional decidió corregir uno de los fundamentos dictados por su fuero en sentencia pasada. En esta ocasión, el Poder Ejecutivo le exigió al Colegiado reparar en que el número legal de notarios en el país es de dos por cada 50 mil habitantes y no “ciudadanos”.

Y es que, dos años atrás –en el fundamento 19 de la sentencia del 24 de mayo de 2014, recaída en elExpediente 00006-2013– el TC había interpretado el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1049, referido a las plazas notariales, de manera tal que se concluyó literalmente que el número legal de notarios es de dos a más por cada 50 mil ciudadanos. Esto implicaba que la norma sea leída solo tomando en referencia a las personas portadoras de documento de identidad aun cuando la regulación señala que se trata de “habitantes”.

En vista de este error, el Poder Ejecutivo solicitó una aclaración por parte del TC, sosteniendo que el Colegiado no solo incurrió en una mala interpretación del extremo expuesto en la ley, sino que también restringió el acceso de las personas a los servicios de los notarios en razón de un criterio de número cuando lo cierto es que la cantidad de notarios se determina también por el tráfico comercial y contractual de las zonas.

Así, en el fundamento 4 de este nuevo pronunciamiento, el Tribunal Constitucional admite que “debe corregirse el fundamento 19 de la sentencia del 24 de mayo de 2014, en la medida que quienes pueden beneficiarse o requerir de alguna forma el servicio notarial también son los menores de edad”. Además, el Colegiado ordenó incorporar un fundamento más a la pasada sentencia a fin de que se especifique la consideración del “movimiento o económico de la provincia” para la determinación del número de notarios.

Auto Del Tribunal Constitucional by La Ley on Scribd

Ampliación nueva ala del MALI

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Finalista concurso ampliación nueva ala del MALI / SMAR Architecture Studio

Finalista concurso ampliación nueva ala del MALI / SMAR Architecture Studio, Cortesía de SMAR Architecture Studio

Cortesía de SMAR Architecture Studio

El proyecto realizado por SMAR Architecture Studio fue uno de los dos finalistas que acompañaron al primer premio en el concurso internacional de ampliación de nueva ala de arte contemporáneo del MALI (Museo de Arte de Lima). Esta oficina internacional (Madrid/Western Australia), presentó uno de los 387 proyectos de 56 países diferentes revisados por el jurado.

Las bases del concurso pedían intervenir en el terreno adyacente al Palacio de la Exposición -actual sede del MALI-, en el nivel subterráneo. Revisa la propuesta de SMAR a continuación.

Cortesía de SMAR Architecture StudioCortesía de SMAR Architecture StudioCortesía de SMAR Architecture StudioCortesía de SMAR Architecture Studio+18

Descripción por los arquitectos.

MUSEO EN 3 ACTOS.

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

Cortesía de SMAR Architecture Studio

Como punto de partida se plantea un edificio silencioso que, sin entrar en competencia con el Palacio de la Exposición, refuerze su caracter, tenga entidad propia y sea capaz de manifestar su contenido.

La Nueva Ala de Arte Contemporáneo no es un añadido. El nuevo museo refuerza el antiguo.

Para evidenciar este gesto, se modifica la topografía del parque para facilitar el acceso al Museo desde abajo, desde el parque, de manera que se propone el Nuevo museo como Podium donde se asienta el Palacio.

El Parque entra en el Museo

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

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MUSEO SIGLO XXI

El Ciudadano como Protagonista

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Frente al al tradicional entendimiento del Museo como un espacio Top Down, en el que el visitante es un usuario pasivo; proponemos 3 espacios no programados que abren el edificio para la apropiación ciudadana.

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

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Desde un entendimiento del espacio público de Lima asociado a las concéntricas plazas, desde la fundacional Plaza de Armas o la Plaza del 2 de Mayo, sede de congregaciones y eventos a los largo de los años.

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

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Proponemos 3 plazas circulares, 3 espacios Bottom Up, en los que el edificio se abre hacia la plaza superior para generar 3 espacios cívicos. Su propósito es provocar que los ciudadanos interactúen con el museo y participen de una manera creativa.

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Cortesía de SMAR Architecture Studio

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Fuente: ArchDaily Perú por