MODIFICAN EL ANEXO N° 2 DE LA ORDENANZA N° 893-MML

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ARQUITECTOS ABOGADOS (Lima – Perú)

El jueves 26 de Marzo del 2009 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ordenanza N° 1229-MML mediante la cual se Modifica el Anexo N° 2 de la Ordenanza N° 893-MML, que aprobó el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo del Cercado de Lima (publicado el 27.12.05).

La Ordenanza N° 1229-MML reduce los parámetros de estacionamiento vehicular a uno (01) por cada tres (03) viviendas en Zonas Residenciales de Densidad Media (RDM) y Residenciales de Densidad Alta (RDA) para las Edificaciones y Conjuntos Residenciales.

Asimismo, se eliminó el numeral 2.1 de las Especificaciones Normativas del Anexo – Cuadro N° 02 “Normas de Zonificación Residencial de Cercado de Lima”, referida al área mínima permitida para edificar viviendas unifamiliares en cualquier lote ubicado en zona RDM.

Finalmente, la citada Ordenanza N° 1229-MML incorpora los numerales 2.6 y 2.7 en las citadas Especificaciones Normativas disponiendo lo siguiente:

2.6. En los proyectos de Conjuntos Residenciales ubicados en las zonas RDM y RDA, se deberá considerar el estacionamiento para visitas o para usos comunales (ambulancias, bomberos, despacho de gas, servicios de telefonía, electricidad y otros), debiendo ser el equivalente al 10% de los estacionamientos requeridos (mínimo 01 estacionamiento).

2.7. En Conjuntos Residenciales, la altura de la puerta de acceso de vehículos, deberá permitir el ingreso de vehículos de emergencias.

Cabe agregar que, la citada Ordenanza N° 1229-MML fue emitida como una de las Medidas Destinadas a Acelerar la Construcción para enfrentar la Crisis.

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