Analizamos la segunda parte del Decreto de Urgencia N° 038-2020 que establece medidas excepcionales para preservar los ingresos y protección social de los trabajadores sujetos a la suspensión perfecta de labores:

  • Continuidad de atenciones ante Essalud.
  • Retiro de la CTS.
  • Prestaciones económicas para trabajadores de microempresas.
  • Medias para acceder a la jubilación.
  • Retiro extraordinario de la AFP de S/ 2,000.00.
  • (Para el empleador) Aplazamiento hasta noviembre del depósito de la CTS de mayo 2020.

Para ver el vídeo con los comentarios, por favor ingrese al siguiente link:

https://www.youtube.com/watch?v=qRHhE3cvGLA

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