Cinco razones para adoptar las normas internacionales de información financiera

Cinco razones para adoptar las normas internacionales de información financiera

Mayor inversión, orden y transparencia son algunos de los beneficios de aplicar estas normas en las organizaciones.

La globalización y el continuo desarrollo mundial demandan que las empresas sean cada vez más transparentes con los resultados de sus estados financieros, aplicando reglas y estándares contables de reconocimiento internacional mediante la adopción de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), permitiéndoles ser más confiables, transparentes y competitivos frente a la competencia.

Las NIIF son un conjunto de normas que la mayoría de países utiliza para hacer comprensibles las finanzas de las empresas sin importar el país donde operan. Estas políticas permiten que los análisis financieros cumplan con formatos homogéneos y estandarizados de forma que sean comparables y faciliten las decisiones de inversión, crédito y financiamiento que demanden.

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1.- Mayor competitividad. La aplicación de estas normas les permite a las empresas compararse con sus competidores de todo el mundo para que los inversionistas accedan a su información financiera y así comparen los resultados de la compañía con los de sus competidores.

2.- Más inversionistas. Las empresas que adoptan las NIIF son más atractivas para los inversores y potenciales clientes que aquellas que no puedan ser comparables. Con la aplicación de estas normas evitan disminuir la inyección de capital y no perder su valor.

3.- Respaldo. Uno de los principales objetivos de la International Accounting Standars Board (IASB), con más de 20 años de creación y promotora de las NIIF, es impulsar el financiamiento transparente igualando normas de distintas empresas y países. Además, el fomentar una transparencia informativa contribuye a disminuir la corrupción en las organizaciones.

4.- Medición acertada. Las NIIF ofrecen la posibilidad de realizar una medición segura de los activos operacionales y de los resultados económicos de la gestión de una empresa, permitiendo que los inversionistas accedan a una información cien por ciento certera al realizar comparaciones entre las organizaciones.

5.- Estados financieros ordenados. La adopción de estas normas genera que la supervisión de los estados financieros de las compañías esté en completo orden y sean más fáciles de supervisar por las entidades fiscalizadoras como la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), entre otras.

Fuente: Diario Gestión del 18 de setiembre de 2021.

Cinco razones para adoptar las normas internacionales de información financiera | ECONOMIA | GESTIÓN (gestion.pe)

Fuente: Diario Gestión del 18 de setiembre de 2021.

 

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MIGUEL CARRILLO

Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Especialista en Derecho Administrativo por el Colegio de Abogados de Lima. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Conferencista en temas tributarios a nivel nacional y autor de diversos artículos vinculados con el Derecho Tributario. Ex funcionario de SUNAT, MEF, SAT, Tribunal Fiscal. Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. Aduanero, Contable, Ambiental. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Teléfono para contacto: 987527476

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