Documentación que puede ser requerida por SUNAT en un procedimiento de fiscalización parcial.
Documentación que puede ser requerida por SUNAT en un procedimiento de fiscalización parcial.
SUNAT concluye que en un procedimiento de fiscalización parcial tributaria puede requerir diversa información y/o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o aspecto que sí es materia de dicha fiscalización.
Informe N° 028-2021-SUNAT/7T0000
Fecha de emisión: 26.03.2021
Fecha de publicación: 16.04.2021
Con fecha 16 de abril de 2021, se ha publicado en la página web de SUNAT el Informe N° 028-2021-SUNAT/7T0000, emitido por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria en el cual se analiza la documentación que puede ser requerida dentro de un procedimiento de fiscalización parcial.
Al respecto la Administración Tributaria en el Informe N° 028-2021-SUNAT/7T0000 concluye que en virtud de la facultad de fiscalización prevista en el Código Tributario, tratándose del procedimiento de fiscalización parcial, la SUNAT puede requerir diversa información y/o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o aspecto que sí es materia de dicha fiscalización.
Cabe mencionar que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 61° del Código Tributario, la fiscalización será parcial cuando se revise parte, uno o algunos de los elementos de la obligación tributaria.
A continuación, compartimos el contenido del Informe N° 028-2021-SUNAT/7T0000.
INFORME N.° 028-2021-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se consulta si en un procedimiento de fiscalización parcial la administración tributaria puede requerir información o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado, relacionada con hechos que tengan incidencia en la determinación de la obligación tributaria del elemento y/o aspecto que sí es materia de dicho procedimiento.
CONCLUSIÓN:
En virtud de la facultad de fiscalización prevista en el Código Tributario, tratándose del procedimiento de fiscalización parcial, la SUNAT puede requerir diversa información y/o documentación tributaria vinculada a un elemento o aspecto no fiscalizado que esté relacionada con hechos que tengan incidencia en el elemento y/o aspecto que sí es materia de dicha fiscalización.
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2021/informe-oficios/i028-2021-7T0000.pdf